A ver, formalicé una opción de compra de una vivienda que tendrían que haberme entregado en mayo de 2008. En marzo de 2009 hablé con el promotor después de conseguir las fechas de la licencia de obras en la que se demostraba que estaban fuera de plazo y que tenían que reintegrarme lo entregado y los intereses o iríamos a juicio. El promotor me dice que tienen causas justificadas para el retraso y me ofrece una cesión de derechos por la que cuando encuentren un comprador ellos me devuelven el dinero que yo he dado (sin intereses). La entrada que he dado es negociada con el banco mediante un crédito puente que incluiría esta cantidad en la hipoteca, por lo que sólo pago intereses. Ahora el banco no me da la hipoteca y el promotor después de casi un año no ha conseguido vender la casa. Además, cada 12 meses tengo que renovar el crédito puente, gastando 1000 euros en el trámite. Me estoy planteando llevar a juicio al promotor y me imagino que lo primero que argumentarán es que yo cedí los derechos y que ya me pagarán. ¿Tengo alguna posibilidad de que el juez me dé la razón o que por lo menos ponga una fecha al promotor para devolverme el dinero?