A) Si piensa instalarse definitivamente en España y no tiene planes ni perspectivas de volver a Italia: solicite que España le reconozca como SEGUNDO ESTADO, el estatuto de residente de larga duración, que ya le reconoció Italia. En este caso, usted deja de ser residente en Italia y pasa a serlo en España. IMPRESO EX-00
B) Si su permanencia en España es solo temporal y piensa en algún momento volver a Italia, puede solicitar un permiso de residencia y trabajo temporal en España, de un año, en principio, que no le afectará a su residencia en Italia, vencido el cual, si desea, puede volver a Italia o solicitar la renovación. IMPRESO EX-01
Ambos trámites ha de hacerlos ante la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en su provincia.
Deberá acreditar que dispone de una oferta de trabajo o un contrato o que va a iniciar una actividad por su cuenta. A su hija, si es menor de edad y se halla en edad de escolarización obligatoria, puede y debe escolarizarla. Si trajo los documentos italianos que acrediten el nivel hasta el que llegó en Italia, diríjase al colegio o instituto que le corresponda, según su zona de empadronamiento o directamente a la Consejería de Educación de su Comunidad Autónoma. Lo de la escolarización de la menor debe hacerlo lo más rápido posible si piensa quedarse en España, porque si no la escolariza, puede acarrerarle sanciones administrativas.
Tengo la tarjeta de larga duración CE emitida por el gobierno Italiano, quiero residir y trabajar en españa. ¿cuales son los trámites necesarios para legalizar mi situación laboral en España?. Y ademas tengo una hija con la misma tarjeta ¿que tramites debo hacer para que ella pueda estudiar en españa?