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residencia de larga duracion y CE

9 Comentarios
 
Residencia de larga duracion y ce
23/09/2012 14:06
Hola Srs. abogados a mi esposo le ha llegado la carta para la residencia de larga duracion y ls de UE , y tiene que presentar recursos fijos y laborales, el estuvo 1 año en paro cobrando,hasta enero de este año, en marzo encontro un trabajo de 4 horas diarias hasta julio que el dueño se fue de vacaciones y ahora en este mes se lo vuelve hacer por 8 horas, ademas tiene en el banco lo que su antiguo trabajo le indennizo por el ERE, yo que soy su esposa y reagrupada hace 3 años trabajo hace 1 año y medio media jornada, mi pregunta es, que debe presentar para la solicitud, pues estamos preocupado, ademas tenemos una hija de 15 años que depende de los dos, mil gracias y saludos
23/09/2012 15:42
para la residencia de larga duración no hace falta presentar recursos económicos, solo es necesario hacerlo si sepretende conseguir la larga duración UE.

La documentación a presentar para la larga duración UE es la siguiente:

1.
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–11) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/

2.
Copia del pasaporte completo en vigor. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la solicitud.

3.
informe del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.

NO HACE FALTA NADA MÁS.
23/09/2012 15:43
Perdón, lo arriba dicho es para la residencia de larga duración (no de la ue).
23/09/2012 20:48
Hola Marcali, muchas gracias por su respuesta pero la carta que hemos recibido nos dice residencia de larga duracion y de la Unio Europea, por eso es la duda de los medios economicos que mi esposo debe de tener, ademas ya le han enviado el modelo EX-11 y otro modelo el numero 790 con una tasa de 20.40, ahora que debemos hacer. gracias y saludos
24/09/2012 22:54
pues deduzco que su marido ha solicitado la tarjeta de residencia de larga duración CE, la que exige los medios económicos para ser concedida.

Esto será porqué en el formuarlio EX-11 (que sirve para tramitar las dos residencias) marcó la casilla "residencia larga duración UE" en vez de "residencia larga duracion".

Esto es un error que han cometido ustedes y ahora no se si pueden parar esta solicitud y cursar la otra, tendrán que consultarlo en la misma oficina de extranjería.
24/09/2012 23:38
No Marcali, mi marido todavia no ha presentado nada, la semana pasada recibimos de madrid, una carta explicativa por recidir 5 años aqui en españa y ademas con una copia del modelo EX-11 que ya viene marcado Residencia de Larga Duracion y una del modelo 790 que viene marcado en el 1.2.6 que dice Autorizacion de residencia de larga duracion y autorizacion de residencia de larga duracion -UE, por eso es que no sabemos que hacer, la pregunta es,Si dentro de la residencia de larga duracion ya se incluye la de la U-E, muchas gracias por su ayuda.
25/09/2012 10:59
Pues lo mejor que pueden hacer es copiar el número de expediente que les han mando e imprimir nuevos formularios y rellenarlos:

FORMULARIO EX-11: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/11-Formulario_larga_duracixn.pdf

FORMULARIO 790: https://sede.mpt.gob.es/tasasPDF/prepareProvincia?idModelo=790&idTasa=052

REQUISITOS RESIDENCIA LARGA DURACION (NO UE): http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/46.pdf
25/09/2012 12:07
Debe solicitar la de residencia de larga duración, y cuanto la tenga "en mano" allí puedes solicitar la otra de residencia de larga duración-ue en esta si entran los recursos fijos y regulares_en hoja informativa nº 47.
25/09/2012 15:10
muchas gracias Marcalis y ghparis92, eso haremos, ya estamos imprimiendo los documentos para presentar la semana proxima.
25/09/2012 20:41
Buenas noches miley

Lo que tienen que hacer es simplemente decidir que opción prefieren: R.L.D. (española) o R.L.D.- UE.

Les ha llegado la carta con las dos opciones y ustedes son los que tienen que elegir una o la otra.

L.D. no le exigirá mas requisitos que la residencia durante los 5 años anteriores, continuados e inmediatamente anteriores a la solicitud.

Sin embargo, para L.D- UE tiene que aportar medios económicos (Contrato laboral, cheques o cuenta bancaria, propiedades o lo que tengan).
La ventaja de este tipo de residencia es que se podrá establecer en cualquier Estado de la UE, previa inscripción en ése.


Cumplidos el requisitos de 5 años, puede realizar la solicitud en cualquier momento. Si le coincide con la caducidad de su tarjeta anterior, puede realizar la solicitud con 2 meses de antelación o incluso hasta 3 meses con posterioridad a la caducidad (en éste último caso corre el riesgo de que le pongan una multa por la solicitud tan tardía, pero se acepta.)

En conclusión, ustedes deciden.

Un saludo.