Totalmente de acuerdo con Leon, en contratos de vivienda habitual, el máximo de indemnización estipulada en la LAU es de un mes por año que reste de contrato. Usted tiene un año inicial con prórrogas forzosas de hasta 7, por ser empresa, pero en el caso de que sea menos de un año , se debe prorratear ese mes, por lo tanto debe usted pagar media mensualidad y ya está
Gracias! Sí, es vivienda habitual. En el contrato no aparece expresamente, pero estamos aquí empadronados y en el contrato se menciona que el alquiler podría llegar a ser de 7 años.
Habría que leer el contrato para estar seguro de que es una vivienda habitual y no una vivienda de temporada, pero lo más probable es que si que sea de vivienda habitual.
En ese caso lo que debe de hacer es simplemente marcharse y transferir medio (no uno sino solo medio) mes de renta de indemnización.
No creo que la empresa le demanda porque yo sospecho que ellos saben perfectamente que lo que le están diciendo es ilegal.
a finales de 2021 firmé un contrato de alquiler como inquilino con duración de 1 año en el que se estipulaba que si dejaba la vivienda antes de cumplir el año debía pagar como indemnización todas las mensualidades que restasen.
Según la LAU, esto no puede ser así aunque se estipule en el contrato. Entiendo que puedo desistir del alquiler pasados 6 meses abonando como indemnización un máximo de 1 mensualidad, dividiendo una mensualidad entre el número de meses restantes para acabar el año.
He avisado al propietario sobre mi intención de desistir el contrato con más de 30 días de antelación, pero me comunica que en ese caso debo abonar todas las mensualidades que restan hasta llegar al año. ¿Qué debería hacer ahora? ¿Debería insistir en llegar a una solución con él, o debería directamente buscar un abogado? El propietario es una empresa.