Hola, buenos días.
Escribo solicitando información sobre cómo realizar el trámite de empadronamiento, en el caso de un mayor cuyos padres están separados.
Qué documentación es necesario aportar??
Gracias de antemano
Gracias Johnwich.
Pero me refiero a que la persona que se va a empadronar es un menor.
Se ha de empadronar en casa de uno de los progenitores. Estando los padres separados.
Qué documentación se requiere en estos casos???
El progenitor en cuestión es propietario de la casa donde se va a realizar el empadronamiento.
Es que en el mensaje inicial indica que se trata de "un mayor".
Si es un menor, la solicitud debe hacerla el progenitor que vaya a convivir con él. Deberá incluir al menor con sus datos en la solicitud de padrón y presentar los documentos que le he indicado para acreditar que es el propietario de la vivienda.
Ah, perdón, Si, lo acabo de ver. Ha sido un error.
Efectivamente se trata de un menor.
El caso es que ya se ha cursado la solicitud. Ya se han aportado documentos. Pero desde el ayuntamiento nos han pedido ya tres cosas diferentes. Cuando se entrega lo que solicitan, piden otra cosa diferente. Y si no se facilita, no dan curso al trámite. Con lo cual...todavía está el niño sin empadronar.
Por eso la pregunta.
El progenitor ya está empadronado en el domicilio. Y ya se ha acreditado que es de su propiedad.
Cuál es el problema entonces?
No hay unos requisitos que estén establecidos para estos casos? Que se digan desde el principio en lugar de cambiar de idea cada se aporta lo que han pedido????
Es que ya....parece cachondeo (con perdón!!)
Documentación de cada uno de los progenitores, autorización, se han puesto en contacto por email, por teléfono, una declaración jurada (bueno, no sé si se llama así o de otra manera), ahora nos piden un documento manuscrito que hay que hacer desde el otro ayuntamiento......
Además de esto el progenitor ya ha aportado otra documentación, al realizar la solicitud
En fin.
Parece bastante caótico. Como para solo complicar y dar largas. No entendemos muy bien por qué.
Por eso mi pregunta. En estos casos: no hay un protocolo?? O algo así
No hay unos requisitos?? Una documentación que sea necesario aportar???
Normalmente en la web del ayuntamiento donde se va a realizar el padrón pueden descargarse el formulario de solicitud y las instrucciones para rellenarlo, ahi figura la documentación que hay que entregar. Normalmente en casos de divorcio o separación basta con entregar la sentencia o acuerdo.
No ha sido el caso.
La solicitud ya fue cumplimentada
Y hasta en tres ocasiones se ha facilitado ya lo que han solicitado
Entonces, no hay unos requisitos para estos casos?
No hay establecida previamente una documentación a aportar?
Pueden continuar pidiendo, cada vez una cosa diferente???
Existe o no entonces en estos casos algún protocolo a seguir???
Al estar los padres separados se entiende que la situación es digamos "especial".
Pero, habiendo dado la autorización, habiéndose aportado documentación, si el ayuntamiento no efectúa el trámite, no se puede "reclamar" nada? O qué es lo que hay que hacer??