Hombre, pues si ya esta establecido que debe ese dinero, que lo pague con lo que saque de la herencia y que de gracias a dios de haber recibido fondos para quitarse la deuda de encima. Si luego le queda algo extra, pues miel sobre hojuelas.
Cualquier otra operacion va a ser un roto para un descosido, porque la deuda va a seguir ahi y al final traera problemas.
Si la deuda no esta reconocida en sentencia, que coja la herencia y pague a un buen abogado a ver si hay posibilidad de refutar la deuda, reducir la cantidad, llegar a un acuerdo...
Yo estoy de acuerdo con Satanete y Alcanta. Existiría o podría existir alzamiento de bienes porque una renuncia en favor de los herederos se considera donación.
No existiria si se renunciase simplemente a dicha herencia, acreciendo en los demás herederos.
Gracias Alcanta. Entonces de nada sirve mantener la comunidad hereditaria...el acreedor puede quedarse con la parte proporcional del deudor así como de los frutos que esta comunidad produzca.
Entonces, ¿cuál podría ser la mejor opción para el heredero? Aceptar la herencia, tomar su parte y crear una sociedad con otros socios esperando que no le embarguen su parte de herencia antes?
Yo entiendo, y por favor corregidme si estoy equivocada, que si la persona renuncia a la herencia a favor de otra persona (los hijos en este caso) a todos los efectos se entiende como una donacion de su parte a los hijos. Como tal seria una disposicion en perjuicio de acreedores, y por lo tanto yo si veo el alzamiento de bienes.
Habria que mirar jurisprudencia en este sentido.
Si renuncia absolutamente (sin hacerlo a favor de nadie) su parte acrece a los demas herederos (no a los hijos) y yo aqui veo mas dificil el alzamiento de bienes porque no habria donacion.
El acreedor, si se pone farruco, podria instar el embargo de los derechos hereditarios (esto, de libro, que yo aun no he visto ninguno), asi que no veo el beneficio de dejar la herencia yacente.
Disculpa satanete, no se te entiende. El juez es el único que puede hacer que el acreedor cobre la deuda, eso está claro y no hay delito de ningún tipo. Las preguntas son,
1.-¿Es fácil que el acreedor llegue a saber que mi tio repudiará la herencia en favor de sus hijos para no pagarle?,
2.-¿cuanto tiempo tienen para obligarle a aceptar la herencia?
3.-¿Existe alguna manera para evitar que cobren?
Respecto a la 3ª preguntahe leido que si no repartes los bienes la comunidad hereditaria funciona como una comunidad de bienes (parecido a una sociedad) y que entonces el acreedor no podrá cobrar.¿es cierto?
Repudiar una herencia no es un delito de alzamiento de bienes.
Que el acreedor llegue o no a enterarse que se ha repudiado la herencia es dificil de saber pues depende mucho de las circunstancias de cada caso. En cualquier caso, el acreedor no puede obligar a que el deudor acepte la herencia; lo que deberá hacer es pedir al juez que le autorice para aceptar la herencia en nombre del heredero para cubrir el importe de sus créditos.
Mi abuela ha fallecido y los hijos han heredado bastantes propiedades. Mi tio tiene un acreedor propio que podría obligarle a aceptar la herencia para cobrar. ¿Es fácil que el acreedor llegue a saber que mi tio repudiará la herencia en favor de sus hijos para no pagarle? (el acrreedor es una gran empresa), ¿cuanto tiempo tienen para obligarle a aceptar la herencia? ¿Existe alguna manera para evitar que cobren? Gracias de antemano.