Recibo una citación del juzgado,por denuncia de mi madre para repartir la herencia de mi padre fallecido hace 1 año,mi pregunta es,¿tengo que ir con abogado y procurador?.o solo abogado.
Si. Además según los mensajes que has ido poniendo, te interesa darte prisa, y sobre todo buscar un buen abogado.
En tu contestación, puedes incluir como bienes de la herencia, para su reparto, todo lo que tu has ido comentando que consideras que debe ser incluido. Las propiedades a nombre de tu hermana (por supuesto, y todas, aunque estén solo a su nombre, si tu consideras que se compró con dinero de tus padres) , los saldos que habia al fallecimiento de tu padre, los intereses Banco de España, las cuentas corrientes de tu madre..
Ante el juez, puedes exigir que tu hermana presente las escrituras, donde es posible (solo posible) que conste como se hizo el pago.
En cualquier caso, supongo que habrás ido al Registro de la Propiedad, y habrás sacado nota completa de todas estas propiedades.
Un saludo.
Gracias 1996,pero ya ha denunciado mi madre judicialmente para repartir,a la vista de que yo no tenía ninguna prisa,ella y mi hermana (van en el mismo lote),pues mi madre hace lo que diga mi hermana...han denunciado para hacer el inventario de los bienes. Mis grandes dudas,son que me dicen que los bienes que mis padres (mi madre ha sido la metenarices) compraron pero escrituraron a mi hermana,esos no tengo nada que hacer,pues están solo a nombre de ella y que sería complicado demostrar que mis padres pagaron aunque mucha gente sabe que así lo hicieron.
Otro problema es saber en qué bancos aparte del normal(la caja),tenía mi padre ctas.
Tengo notas de todos los inmuebles de mi hermana,algunos creía que eran de mi padre.Incluso tengo la escritura de uno de ellos que está registrado como mis padres usufructuarios vitalicios hasta el fallecimiento del último de ellos y mi hermana nuda propietaria y dias después del fallecimiento de mi padre,mi madre ya no figura como usufructuaria.....Este inmueble fué comprado en el 2001 el resto muchos años antes...este último es el que me dicen que es el único que se puede demandar.....El problema es que si pierdo me comen el resto de lo que han dejado para darme la legítima.....Y como han tenido muchos años gastando dinero en notarios y abogados ellas para conseguir hacer todo este lío,me imagino que lo tienen todo atado.
¿como es posible que teniendo en mi poder certificado bancario de la caja al fallecimiento de mi padre,hace 2 meses han dejado la cta. a cero,?,quien tiene la responsabilidad? y de las ctas. personales de mi madre, no incluyen en el inventario la mitad que correspondería a mi padre por gananciales.Con lo cual lo que quiero únicamente es que me digan de una vez por todas, la legítima que me corresponde por ley, porque moralmente ellas y sobre todo mi madre ya ha repartido ella en vida la parte de mi padre.