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Reparticion privada de herencia

2 Comentarios
 
perfil veo
04/09/2014 00:09
usted tiene que dar los datos a fecha de defunción
si sospecha que puede haber duda de su honestidad, estando usted convencido de que ha actuado correctamente, no le facilite nada más ... y, si quiere saber, que trate de buscar por donde pueda
03/09/2014 19:19
Si no me equivoco, el saldo a repartir será el existente el dia del fallecimiento de tu madre.
Reparticion privada de herencia
03/09/2014 16:08
Buenas tardes, mi duda es la siguiente:
Mi padre fallecio hace unos años y se hizo la reparticion de los bienes que eran solo de dinero entre seis hermanos, actualmente mi madre fallece y la reparticion de la herencia solo es dineraria tambien, uno de los hermanos quiere que le facilite antes de firmar el anexo de repartición privada con los datos de su cuenta para ingresar el montante me pidió fotocopia de la cartilla con datos anteriores al fallecimiento donde aparezcan todos los movimientos anteriores al fallecimiento de mi madre y a fecha de hoy.
Reseñar que conviviamos en el mismo domicilio mi padre, mi madre y yo, el hermano que solicita esa información nunca se ha ocupado de la familia ,vive con su familiay no esta autorizada en la cuenta a liquidar lo que yo si, siendo el administrador familiar y la persona de confianza de mis padres desde hace varios años.
Yo he presentado para la liquidacion con hacienda los certificados a fecha de defunción que me han servido para hacer la liquidación de todos.
¿Que información sobre las cuentas estoy obligado a facilitar a este hermano, ¿basta con que le pase los certificados de las cuentas a repartir a fecha de defunción? ¿es normal o inapropiado que quiera información anterior al fallecimiento para saber si se ha sacado algún dinero antes del fallecimiento?.
Ciertamente fué así, tras el consentimiento verbal de mi madre que accedió a pagar unos gastos que surgieron por un accidente automovilistico y unas mejoras en el domicilio, de lo que no guardo factura pues la compra del vehiculo de segunda mano se hizo entre particulares y las reformas las hice yo, solo tengo comprobante de la compra de materiales de obra para la reforma.
Puede este hermano reclamarme el importe que fue sacado con anterioridad al fallecimiento???.
¿Legalmente y siendo una reparticion privada para ahorrar costes pues el monto es mas bien escaso seria exigible pedirme mas datos aparte de los certificados de la cuenta bancaria a fecha DE DEFUNCIÓN?
Espero su respuesta.
Gracias de antemano.