En mi herencia me surje una nueva duda muy importante.
En estos momentos,la situación es de inventario de bienes para repartición en Octubre.El dinero a repartir 100.000euros de los cuales la viuda ya ha rescatado y tiene en su poder 40.000 euros de su 50Þ gananciales,quedan 60.000 euros y 1 piso.Aunque el piso no se ha tasado ,se calcula de 110.000 a 130.000 euros.No hay más de reparto.Mi pregunta es ¿Me pueden obligar a liquidar mi parte del piso en dinero.?,¿Porqué le doy tanta importancia a esta duda?,porque mi planteamiento es el siguiente: Si pueden hacermelo así,luego pasando mi madre,ahora usufructuaria,a propietaria total del piso,de manera legal podría hacer "desaparecer" mis futuros derechos como heredero incluido lo mínimo que me correspondería que sería la legítima.Y otra duda, si me pueden obligar a liquidar la parte del piso,¿Lo pueden hacer con dinero de fuera de la masa hereditaria?. ¿Alguien me puede indicar un poco,para saber de antemano lo que me espera o puede pasar?.Gracias.
A menos de que así conste en el testamento, no pueden liquidar tu parte en dinero. Tu tienes derecho a tu herencia en propiedades.
El piso estaría en proindiviso, 50% tu madre, y 25% cada uno de los herederos.
¿Que pueden hacer? Pedir la disolución del proindiviso, en cuyo caso te pueden solicitar (nunca imponer) comprarte tu 25%, ó que tu compres su 75%. Si no estás conforme, pueden solicitarlo judicialmente, saliendo a pública subasta, y se lo quedaría el mejor postor (tu tambien puedes intervenir).
Perdon, la participación de tu madre, en caso de subasta (lo que habría que abonarle sobre el precio final) sería su 50% mas la capitalización del usufructo (si tiene 60 años, sería un 18% mas= capitalización de cuota viudal mas libre disposición).
Un saludo.
Esto era más o menos lo que yo creía, pero no estaba seguro,perto, tu contestación me tranquiliza y ayuda, no existe testamento, así que ni moverme.Muchas gracias por tu ayuda perto.Un saludo.