En realidad ser Padrino es más una cuestión religiosa que civil.
Por el hecho de ser Padrino, actualmente, no tienes ni más derechos ni más obligaciones que cualquier familiar, en el caso de que le pasasen algo a los padres de tu ahijado.
Según tengo entendido, la Iglesia no acepta la renuncia.
Lo he comprobado y parece que van a la suya
"Por una serie de circunstancias personales, no quiero seguir apadrinando a un chico que hace más de 20 años bautizamos y yo fui su padrino. ¿Hay alguna posibilidad de que yo pueda renunciar como padrino y dejar constancia por escrito en la parroquia?
No puede usted renunciar a ser padrino de quien un día apadrinó. Tampoco la Iglesia autoriza a dejar constancia de esa renuncia en ningún libro de registros sacramentales.
La celebración del bautismo en el que usted participó como padrino es un hecho histórico que no se puede anular ni corregir ya que con ello estaríamos tergiversando lo que realmente ocurrió.
De la misma manera que los padres tienen una importante responsabilidad a la hora de elegir los padrinos de bautismo de sus hijos, los mismos padrinos tienen el deber de conocer que esta responsabilidad no se puede anular ni por las circunstancias ni por el tiempo."
Es lo mismo que si quieres apostatar, pasan de todo y no lo hacen.
Pues la Iglesia no es tan escrupulosa a la hora de anular matrimonios eclesiasticos, ya consumados, de parejas casadas y con hijos.
Hace años para esto, había que demostrar que el matrimonio no se había consumado, es decir que la mujer seguía siendo virgen.
Ahora es un simple negocio.
En el tema planteado sobre el apadrinaje, pueden darse las circunstancias, pasado los años, de manifiesta enemistad entre padrino y ahijado, que justifiquen la renuncia del padrino.
Suéltale una propina al encargado de turno de la parroquia, y ya verás qué rápido dejas de ser padrino.
En la Iglesia, como en otros muchos sitios, todo funciona con el vil metal.
Dado que las posibles relaciones de un padrino hacia su ahijado son solamente en el plano religioso-moral, entiendo que la enemistad entre ambos implica la anulación de ese tipo de vínculos.
En todo caso, yo creo que, aunque no haya enemistad, las responsabilidades del padrino finalizan cuando su ahijado alcanza la mayoría de edad.
Tal y como apunta Juan S las responsabilidades religiosas que se aceptaron en el momento del bautismo prescriben a la mayoría de edad del bautizado, me da a mi que muchos de los intervinientes no han sido padrinos de bautismo. En esencia se trata de que el padrino asuma la dirección religiosa en ausencia de su padre, y además, hacerse cargo de él en ausencia de padres y familiares que le acojan, mientras fuese menor de edad. Una vez alcanzada la mayoría de edad el padrino sólo tiene el afecto de la supuesta relación cuasifamiliar, toda vez que en la infancia es usual que le regale algún juguete o pequeñas cantidades de dinero (los más desprendidos) por su santo o por reyes.