¿Si el preaviso que realizo en la empresa, en la que llevo trabajando 6 años, es inferior a 15 días la empresa puede descontarme los días restantes de preaviso?
Si y siempre que el preaviso que marque su convenio sea de esos 15 días, ya que según categoría y profesión ese preaviso puede ser incluso de hasta 2 meses.
El preaviso debe ser el que marque el convenio para cada categoría, normalmente son esos 15 días y la falta del mismo o de los días que resten ara esos 15 se les puede descontar del finiquito.