¿Usufructo o derecho de uso?
El usufructo se suele constituir por herencias o donaciones, el derecho de uso por sentencia judicial de separación.
Si se trata de lo segundo el abogado debe solicitar la modificación o extinción del convenio regulador. Si realmente tiene el usufructo (un derecho real), pues que alquile la vivienda y cobre el alquiler para ella.
El juez que llevó el caso de separación de mis padres en Barcelona, estimó que el piso quedaba en usufructo a mi madre. El piso es de mi padre y de un hermano suyo, así consta en las escrituras. Mi madre ha vivido hasta hace dos años en ese piso y por motivos de salud, se ha traslado a vivir conmigo. El piso está vacío y no hay manera de localizar a mi padre para darle las llaves y que haga lo que quiera con el. No hay relación con él desde hace 30 años. Mi abogado y la procuradora no le localizan. Aunque está vivo, no saben dónde puede estar. Mi madre no puede renunciar al usufructo de ese piso ??? Fuimos a un notario y nos derivaron al abogado, pero el abogado lleva dos años sin mover ficha .. tan difícil es ?? Ella no tiene nada a su nombre, ni IBI ni nada que le relacione con esa vivienda.. les agradezco cualquier solución que puedan aportar.