Hola a todos. Gracias anticipadas por las intervenciones.
El caso es el siguiente: Admon que hace 2 convocatorias distintas, de la misma plaza, pero de OEP diferentes. La primera convocatoria con plazas de OEP 2006 y la segunda de OEP 2015. En vez de hacer el primer proceso y cerrarlo, nombrando a los aprobados, realiza los examenes de ambas casi a la vez, resultando que todos los opositores hacemos los 2 examenes.
Resulta, claro, que hay gente que está tomando posesión de plaza de la convocatoria de 2006, pero como ahora el TSJ ha declarado esta oferta caduca, llevan intención de que cuando salgan notas de la convocatoria 2015, si les corresponde plaza, renunciar a la condición de funcionario y como ya han hecho el proceso de 2015, esperar para hacerse con esta plaza.
Esto provocaría que quedasen plazas desiertas de las de 2006, y que éstos renunciasen a una plaza concreta para a los 15 dias o 1 mes tomar posesión de exactamente la misma plaza.
El EBEP indica que la renuncia no impide volver a adquirir la condición de funcionario tras el proceso selectivo que sea. De acuerdo con esto parece legal la actuación.
Qué os parece? la renuncia a la condición se produciría después de haber realizado el examen con el que luego llevan intención de volver a ser nombrados, tal vez la renuncia implica a todo acto previo que luego pueda derivar en ser nombrado....
Parece un vicio legal el que se va a producir. Si existe algun caso similar o antecedente sería interesante su exposición. Gracias.