tengo un local alquilado con un contrato de renta antigua del año 78, cuando salio la nueva ley de arrendamientos urbanos se actualizo la renta. la forma de actualizarla fue de una sola vez, en vez de anualmente. Por ese motivo segun la ley se incrementaba la duracion del contrato en cinco años mas.
mis preguntas son:
1.- que fecha seria la finalizacion del contrato con esta condicion.
2.- el arrendatario se jubila dentro de 3 años, si no se subroga su esposa y no encuentra a quien traspasarlo, se extingue el contrato?
3.- en caso de que encuentre a alguien a quien traspasarle el negocio, ¿tengo derecho de tanteo?.
4.- es obligatorio que fije la cantidad del traspaso notarialmente para que no se poduzca un arreglo con el nuevo inquilino distinto al que me comunica?
5.- si se realiza el traspaso, ¿que porcentaje del mismo me corresponderia?
6.- cuanto deberia subir la renta al nuevo inquilino?
7.- deberia firmarse algun contrato en el que figurase esa renta, la duracion del mismo, y las condiciones de ipc, etc o consta en el contrato de traspaso que firma con el arrendatario anterior.?
muchas gracias .