Usted malinterpreta, y distorsiona, el beneficiado, como dice, habria tenido que poner en esos 6 años esa cantidad para proveerse su propia vivienda, o......, dejen de hacer esos favores, toda la gente de mi familia se ha quedado con mis hijos pequeños y en vez de cobrarme, les regalaban cosas.
Como ha camnbiado esta sociedad.....
Hola Veninox,
Creo que yerra en sus cálculos, o mejor dicho, no aplica el porcentaje correcto.
Esta señora posee el 50% de la vivienda, luego sólo debería pagar el 50% de alquiler (21500). Pero en esa vivienda también reside el hijo común que ocupa el 50% de esta (21500). Si a esto le restamos el 50% del coste de una niñera, ya que esta señora ha cuidado en exclusiva de el hijo común durante 6 años (655,20*12*6/2=23587,2), en total le sale un saldo a su favor de 2087,2.
Le deseo que se cure cuanto antes de sus problemas psicologicos.
Hola Maytetj,
Hay una cosa en la que el forero Veninox tiene razón, si lleva el tema a juicio le va a salir más caro el collar que el perro.
Mi consejo, compre una caldera, pero no tire la vieja. Cuando venda el piso se lleva su caldera que ha comprado en exclusiva. El tema de la instalación habrá que considerarlo como gastos de mantenimiento de la casa, que remedio.
Le deseo mucha suerte.
en cuanto a lo del beneficio de el, coste medio. alquiler vivenda media, ciudad media española 7200 euros al año X 6=43000 euros que para tener una casa habra tenido que poner el beneficiado.
Las reparaciones ordinarias o necesarias son aquellas que derivan del desgaste natural por el uso y el transcurso del tiempo, cuyo objetivo es mantener el inmueble en condiciones óptimas de uso y habitabilidad. Estas obras son de cuenta de quien tenga atribuido el uso del inmueble.
En ningún momento es mi intención el discutir con nadie, tan solo quisiera saber las posibilidades tengo para no tener problemas ni yo ni los demás y por supuesto no tener perdida de dinero. Y sobre la lógica, hay veces que no es la correcta, hay que ver cada caso, come le pasa a usted con su familia y sus demandas a su ex mujer de la manutención. Igualmente gracias por sus respuesta.
Si se va a poner a discutir, judicialmente, si es un gasto de reparacion ordinario o extraordinario, le va salir mas caro el collar que el perro, yo lo consideraria ordinario.
Buenos días veninox, primero por contestar aunque creo que contestas desde el rencor, y segundo te diré una cosa, yo en ningún momento quise quedarme en esa vivienda, fue el juez el que por circunstancias que no vienen al caso decidió que por el bien de mis hijos debía ser así, yo hubiese querido una sentencia de custodia compartida, pero como digo el juez ni la fiscalia lo vieron adecuado, así que te recomiendo que antes de juzgar a los que aquí nos encontramos tan solo por un texto sin ninguna mala intención, des tu opinión o una respuesta que verdaderamente pueda ayudar.
Estoy divorciada desde hace ya seis años, este año en diciembre, mi hijo cumplirá la mayoría de edad, con lo cual supuesta mente se deberá vender la vivienda, pero nos surgió un problema en casa domestico. La caldera de gas, llego a su fin, por lo cual nos quedamos sin agua caliente ni calefacción en casa y mas en estos días. Mi intención es comprar una por supuesto, pero quisiera saber si al ser la vivienda de los dos al 50%, podría pedirle también la mitad del importe ya que a la hora de la venta, también el se beneficiara de que la caldera sea nueva y no la de origen de la casa con mas de 18 años. Cualquier respuesta seguro que sera de gran ayuda, gracias de antemano.