Hola!
Me gustaría aclarar si la empresa donde trabajo me puede renovar mi contrato de trabajo si mi NIE se encuentra caducado pero en proceso de renovación. Mi NIE caducó el día 12/12/20 y mi contrato venció el día 28/12/20. Les envié toda documentación a extranjeria por registro civil día 11/12/20.
Gracias.
La presentación oportuna de la solicitud de renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena tiene por efecto la PRÓRROGA DE LA VIGENCIA de la autorización caducada HASTA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN (y una vez resuelto, si es favorable, los efectos de la resolución se producirán a partir del día siguiente de la fecha de caducidad de la anterior autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena) . Por ello, dado que la vigencia de su autorización está prorrogada, sigue produciendo efectos jurídicos y por tanto usted sigue estando autorizado a residir y trabajar en España y en consecuencia, es perfectamente posible que su contrato de trabajo sea renovado. Durante el tiempo que dure el trámite de renovación debe aportar siempre su tarjeta de identidad de extranjero caducada junto con el resguardo de presentación de la solicitud de renovación.
El Tribunal Supremo de Justicia ya ha declarado reiteradamente que sigue siendo legal la residencia en España de un sujeto extranjero mientras está en trámite la renovación de su autorización de residencia, aunque deba esperar incluso varios meses entre la fecha de presentación de la solicitud y la fecha de resolución.
Muchas gracias!
Una otra duda:
Mi contrato es para una Ett y presto mis servicios una entidad bancaria que se manifestó interesada en la renovación por más 6 meses pero la Ett se opone por miedo de que esto se le regenere una posible multa. Les envié este artículo de que puedo seguir trabajando y aguardo una respuesta. Si ellos sigue oponiéndose les puedo demandar por esto? Es que me van a poner en una situación muy complicada ya que tengo una hija menor a cargo y el paro se está tardando mucho en estos tiempos de pandemia.
Hola muy buenas
Es primera vez que entro a este foro, sin embargo he leído los comentarios de muchas personas que hacen sus consultas y me sorprende gratamente, como obtienen una respuesta rápida y clara, muchas gracias a tod@s los abogad@s por su tiempo y atención.
Dicho esto procedo a mi consulta.
Mi caso es el siguiente:
Mi NIE se me caduca en un mes, y para poder volver a solicitar o renovarlo tuve que hacerme pareja de hecho con mi pareja, pero la resolución me tarda de uno a dos meses.
Actualmente dispongo de un contrato de trabajo indefinido,
Mi pregunta es la siguiente:
Que pasa si sigo trabajando con el NIE caducado, si aún no he obtenido una resolución favorable,que sanciones tendría ?
¿Que pasa si después de obtener la resolución, en caso de que fuera favorable, con el resguardo corro el riesgo que me despidan?
3.- ¿En qué comunidad autónoma se hizo pareja de hecho?
Le he puesto las tres preguntas anteriores porque son relevantes para poderle responder de manera más precisa.
En todo caso, debe saber que si solicita la renovación de su autorización de residencia y trabajo oportunamente, la autorización de la que es titular ve prorrogada su vigencia hasta la resolución del procedimiento y por tanto, su permanencia en España sigue siendo legal y no hay ninguna infracción administrativa por hallarse trabajando sin contar con la autorización, porque la autorización tiene efectos prorrogados hasta tanto sea resuelta la solicitud de renovación.
Si tiene usted un contrato de trabajo por tiempo indefinido no hay problema alguno para que su autorización pueda ser renovada.
Si su pareja fuera ciudadana de la Unión, entonces le corresponderá ya solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre y cuando su pareja se encuentre trabajando por cuenta ajena o propia o si estuviera desempleada, se hallara cobrando la prestación contributiva de desempleo (paro) o bien cuente con recursos económicos propios suficientes.
Tengo la tarjeta, por mi ex pareja, pero se acabó la relación en el 2018, el problema fue que no mi ex pareja dio de baja al registro de la unión consensual antes de que cumplieramos los tres años de convivencia juntos. Yo permanecí en el mismo domicilio durante cuatro años, pero la pareja de hecho registrada duró menos de tres. Entonces mi fallo fue no haber notificado que ya no estaba con esa persona y tampoco se me notifico del la finalización de la misma y dos años después a la hora de renovar mi tarjeta mi di cuenta que llevaba mucho tiempo de forma irregular.
Actualmente estoy con otra persona, y al encontrarme en esta situación, decidimos hacernos pareja de hecho, ( que ya estoy a la espera de la resolución del registro de pareja estables) el problema es que la tarjeta se me vence en febrero y actualmente bestoy trabajando, con un contrato indefinido y hasta que no tenga una respuesta no sé cómo será mi situación con el trabajo no se si notificar a la empresa o no sé quedarme en el trabajo y esperar hasta que me llegue la resolución.
2.- ¿Qué nacionalidad tiene su pareja?
Mi pareja es Español
3.- ¿En qué comunidad autónoma se hizo pareja de hecho?
La anterior, y la actual se hicieron en Catalunya
La actual la hice mediante un notario
1.- Si tiene aún en vigor nominalmente la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión anterior, solicite un certificado digital en la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, siga las instrucciones que se dan e instalelo en su ordenador.
2.- También descárguese e instale la aplicación AUTOFIRMA y el programa Java.
3.- Lo anterior se lo digo porque lo va a necesitar para el procedimiento de solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
4.- Primeramente, si aún no lo ha hecho, tendrá que comunicar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia que la anterior unión de pareja estable se extinguió y se canceló la inscripción. Con todo, usted no indica si estuvieron inscritos en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, creado en octubre de 2015, pero en funcionamiento desde abril de 2017 o si se inscribieron en un Registro municipal. En todo caso, de acuerdo con el Código Civil de Cataluña, cuando se extingue unilateralmente la unión de pareja estable, se debe notificar fehacientemente al otro integrante de la pareja la voluntad de extinguir la unión de pareja estable y de cancelar la inscripción. Y por notificación fehaciente se entiende aquella que es practicada dejando constancia de que se la efectúa en determinada fecha y hora y que además el destinatario se entera del contenido del documento y por eso normalmente se recurre a un notario para que la haga y luego levante acta de notificación. Los Registros municipales exigían a quien solicitaba la cancelación de la inscripción de forma unilateral que acreditara la notificación fehaciente a la otra persona y el Registro de Parejas Estables de Cataluña, a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, también lo exige. De modo que a usted debieron haberlo notificado fehacientemente de la voluntad de dar por finalizada unilateralmente la relación. No sólo para su conocimiento sino, sobre todo, por los efectos jurídicos que se derivan o pueden derivarse de la extinción, no solo en el ámbito del Código Civil de Cataluña sino también en otras ramas del ordenamiento jurídico.
5.- Luego, cuando ya tenga en su poder la certificación de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña (una resolución por la cual se acuerda la inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, firmada por el director general de Dret i Entitats Jurídiques del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya), que le debe llegar a su dirección de correo electrónico, usted ya podrá presentar la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
6.- Usted no hará una renovación de su anterior tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión sino que solicitará una nueva tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, ahora como pareja de hecho registrada de su actual conviviente. El NIE no cambia, porque es sólo un número de identificación y es el mismo durante toda la vida de la persona extranjera. Por eso, como se trata de una renovación sino de una solicitud inicial, deberá hacerlo usted mismo, usando su certificado digital (por eso le dije que era importante que lo obtenga) a través de la plataforma MERCURIO de la Sede Electrónica del Ministerio de Administraciones Públicas. Ahora todo se está tramitando digitalmente y es lo mejor porque ahorra tiempo.
7.- El hecho de hallarse sujeto a régimen comunitario ya le da derecho a trabajar.
Ya tengo el certificado digital( FNMT)ya puedo entrar a la plataforma mercurio, también ya estoy inscrita en el registro de parejas estables. Estoy a la espera de la resolución para continuar mi trámite.
Mi duda es sobre qué pasará con mi trabajo ahora mismo, ya que hasta que no haga el cambio de tarjeta estaré con la que tengo ahora mismo y que en teoría ya está caducado.
¿Corro riesgo de que mi empresa lo sepa y me echen ?
¿O también que me ingrese mi nómina y el banco me congelé los ingresos?
Ya tengo el certificado digital( FNMT)ya puedo entrar a la plataforma mercurio, también ya estoy inscrita en el registro de parejas estables. Estoy a la espera de la resolución para continuar mi trámite.
Mi duda es sobre qué pasará con mi trabajo ahora mismo, ya que hasta que no haga el cambio de tarjeta estaré con la que tengo ahora mismo y que en teoría ya está caducado.
¿Corro riesgo de que mi empresa lo sepa y me echen ?
¿O también que me ingrese mi nómina y el banco me congelé los ingresos?