Mi intención era refexionar sobre porque no puede interesar que funcione bien el turno (lo que los letrados cuenta en el segundo artículo de "pagaremos si estais calladitos", aparte de los ¿315? euros que cobran por el proceso tiene tela...). Lamento si me he salido de tema.
"Hartos como están, han tratado de reunirse con las autoridades de Justicia para que aumenten sus condiciones económicas. Y es posible que así suceda antes del verano, pero para ello tienen que evitar todo tipo de declaraciones a la prensa."
La pregunta es:
- ¿Conviene al gobierno que la sentencia sea condenatoria?
- ¿Que sucedería si la sentencia fuera exculpatoria?
Siquiendo a Mon1, los votantes de siempre, léase el pueblo llano, seguirán votando por muy mál que estén las cosas, y de todas formas, son sancionados a diestro y siniestro...pero por otras cosas. (fumar por ejemplo).
Como alguien pregunta razones, y desafortunadamente conozco el tema a pesar de no ser abogado, aporto las siguientes *hipotesis* (que no afirmaciones).
- Macroeconómicos. Si se da una calidad del servicio hace que los usuarios salgan corriendo hacia letrados de pago, mayor voulmen de negocio.
- Magistratura. Limitar el derecho a la defensa puede suponer un aumento de facto del poder de los jueces. Y en algunos temas en los que hay que estirar las leyes para poder conseguir condenas, como la violencia de genero, conseguir la indefensión estoda una ventaja.
- Corporativos: no es buena idea llenar de sanciones a los potenciales votantes.
A ver, yo entiendo que el derecho a la defensa no alberga o contiene el derecho a cualquier defensa, sino a la mejor defensa posible. Es decir, el Estado tiene que poner unas mínimas garantías de que aunque uno acuda a la justicia gratuita va a tener una defensa digna y profesional, respetuosa, al fin y al cabo, con los derechos fundamentales que a uno le asisten en el proceso.
De ahi entiendo que la relacion de confianza entre el letrado y el cliente es fundamental, y que si la misma se ha roto por una causa tan justificada como el hecho de existir una denuncia por medio, se tendria que reconocer un cauce para solicitar nueva designacion de letrado.
No estoy ni ejerzo en el turno de oficio y hablo por hablar. En mi despacho el que no confia en mi se va. punto.
pues a mí lo que me alegra es que se responda!!
Bueno por si nadie se anima, esto es lo que yo opino: en caso de conflicto grave y prolongado, la defensa del cliente está en peligro pues la relación de confianza con su letrado es fundamental.
por lo que el turno de oficio debe proceder a sustituir a ese letrado. que por otra parte seguramente respirará aliviado, porque no creo que para e´o ella sea un plato de gusto defender a un justiciable en esas condiciones.
yo pienso q obligar a un cliente a seguir en esas condiciones con su letrado es un error tremendo.
Estoy deseando q algún jurista responda a la cuestión de la indefensión q esa situación genera.
O me vais a decir q un abogado q se sabe denunciado al Colegio por su cliente va a seguir trabajando con ganas en su caso? y por si fuera poco sabiendo q cobrará tarde mal y nunca?
por lo tanto, hay indefensión como dice Eagle o no?
maica, no es la 1 vez q leo por akí q si el justiciable con beneficio d pobreza, o sea justicia gratuita dicho menos infamante (¡)...., no se relaciona bien con su letrado....ajo y agua!
Y ojo, q a veces el letrado te hace bien las cosas, ya sabemos q no es cuestión de simpatías ni irse de copas juntos, pero otras veces ni se te pone al teéfono etc etc. o deja q se te pasa un plazo para apelar o pedir aclaraciones a puntos oscuros d la sentencia, o no refleja en su escrito un dato fundamental porq sencillamente no escuchó a su defendido...o se le ha olvidao....
Si te pasan una minuta excesiva tampoco tienes por qué pagarla. Es decir, lo que dicen los abogados y procuradores en cuanto a honorarios tampoco va a misa y es revisable judicialmente, como todo.
Un saludo. Si quieres comentarnos tu caso u otro que tenga relación con el debate abierto en este hilo ... soy todo oidos, o mejor ojos.
Hola, me refería mas bien al post de laley lolaylo.
Yo tuve que defenderme del abuso de una procu que intentó sablearme, pero bueno.
Es que a veces te presentan minutas con unos rubros que para nosotros los profanos son incomprensibles. Y siempre te queda la duda de si lo que tienes que abonar es lo correcto, o lo legal.
Pues hombre, Perplejo, no se si será interesante o de mucho calado, pero lo que se ha aportado hasta este punto no parece ahondar mucho en la cuestión. Yo particularmente no estoy en el turno de oficio y no sé cómo funciona mucho el tema, pero me pregunto, ¿es que no se puede cambiar de abogado en el turno de oficio si has tenido que denunciar al tuyo por cualquier causa?