A ver si hay alguien tan amable de resolverme esta duda.
Voy a poner el ejemplo del articulo 17.4 donde dice que el procedimiento de habeas corpus se regula por ley.
Hasta ahí bien, pero si nos remitimos al artículo 81, nos dice que los derechos fundamentales y libertades públicas se regulan por ley orgánica.
¿Entonces, es por ley? o por ley orgánica?
Otra duda: Para que se regule por ley ordinaria,¿ como lo expresa la constitución?
¿Cuando dice por ley , se refiere a ley ordinaria?
Copia-pega de la web del congreso:
La ley orgánica configurada en el artículo 81 de la Constitución se define por dos notas: su contenido y su procedimiento.
En cuanto a lo primero, las materias reservadas a la ley orgánica son identificadas por el propio artículo 80 (desarrollo de derechos fundamentales y libertades públicas, Estatutos de Autonomía y régimen electoral general) o por otros preceptos de la Constitución a los que aquél remite, que pueden sintetizarse como normas reguladoras de los órganos constitucionales o de relevancia constitucional y del ejercicio de determinados derechos o de la configuración del Estado autonómico.
Lo recogido en el título I de la constitución,Ley Orgánica impepinable.
Salvo mejor criterio,ni se me pasa por la cabeza polemizar con un bufete.