cuando proteges un denominativo como marca, proteges ese nombre para unos servicios concretos, los recogidos en dicha clase,
nunca puedes proteger los servicios de una clase diferente a la registrada, salvo, lógicamente que también la registres,
el supuesto que me comentas, puede ocurrir si efectivamente hay confusión entre una marca y otra, si mc donalds no estuviese registrada en la clase relativa a zapatos y surge una marca de zapatos que se llama mcdonals run, la empresa de comida rápida accionaría contra esta última,
lo mismo, por tanto, ocurriría con tu ejemplo,
espero haberte ayudado
un saludo y para cualquier aclaración sobre esta respuesta o para contar con nuestros servicios quedamos a tu entera disposición,
Quisiera plantear un supuesto en referencia a la cobertura del registro de las marcas comerciales a nivel nacional:
SUPUESTO: Imaginemos que yo soy el propietario legal de la marca comercial "Confecciones Human". Siendo esta marca registrada de manera mixta (denominativa logo) en el sector de confección textil de hombre, mujer y niño ante la OEPM
DUDAS:
- ¿Qué extensión está cubierta bajo la marca comercial "Confecciones Human"?
- ¿La protección de la marca se limita únicamente a esa denominación o también a variaciones de la misma?... por ejemplo, ¿Sería legal que otro empresario montara una tienda de confección y textil con el nombre "Human Hombre", "Human Textil", etc...?
A ver si alguien maj@ de este foro me echa una mano y me resuelve este par de dudas.