hace un años exactamente fui acusado por maltrato familiar, entonces fue seguido dos acciones, por un lado el divorcio y el paralelo el juicio penal , al cual se realizo en Mayo 2010 , donde en sentencia firme sali absuelto
El caso es que ahora me he dedicado a limpiar mi nombre de todo esto , y que no deseo me siga persiguiendo el estigma, en primer lugar NO TENGO ANTECEDENTES PENALES, en segundo lugar, he solicitado la CANCELACION DE LOS ANTECEDENTES POLICIALES.
Y ahora me he encontrado que mis datos pueden estar en el Registro Registro central para la protección de las víctimas de violencia doméstica, que según la ley que reza así:
"De conformidad con lo dispuesto por la nueva redacción del artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debe establecerse un Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, que coadyuvará a la efectividad de la Orden de Protección.
Este Registro Central deberá coordinarse adecuadamente con los registros existentes, tanto los de los Servicios de Violencia Familiar de las Fiscalías, como los Registros de Violencia Doméstica creados por la Instrucción CGPJ 3/2003, impulsando la efectiva compartición de la información."
Madrid67 no soy abogado pero si fuiste absuelto de ese delito de malos tratos no debes estar en el registro porque es solo para condenados en ese proceso. Comprueba tu inexistencia de la lista y ya esta. Para ello puedes consultar en tu juzgado.
Gracias por vuestros comentarios, fijaos en este escrito que me ha facilitado un abogado :
ORDEN INT/1911/2007 (BOE no 155 del 20/6/2007) ORDEN INT/68/2008 (BOE no 22 del 25/1/2008)
1o-. Después de una denuncia, al denunciado se le incluye en el fichero de “violentos” d el M i n i st er i o d el I n t er i o r ( en el F I C H E R O D E D A T O S D E C A R A C T E R PERSONAL "VIOLENCIA DOMESTICA Y DEGENERO" seentracontansololadenuncia).
2o-. Cuando se tiene sentencia en firme de absolución se comunica al Fiscal y Juzgado correspondiente PERO NUNCA SE COMUNICA AL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA SU EXCLUSION.
3o-. Para que el denunciado y posteriormente absuelto sea excluido de dicho fichero se debe pedir original de la sentencia firme al órgano judicial que corresponda (Juzgado de Instrucción, Juzgado de lo Penal, Audiencia Provincial) y enviarlo junto con la fotocopia del DNI y un escrito solicitando la exclusión al responsable del fichero MINISTERIO DE INTERIOR - SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD, Calle Amador de los Ríos no 2 (28071- M adr i d) .
4o-. Pasados unos 20 días aproximadamente se remite desde el Ministerio del Interior escrito comunicando la exclusión del fichero, desde la fecha que figure en el escrito de solicitud de excl usi ón.
NOTA: contraviene a la ley ser incluido en un fichero de estas características antes de la celebración del correspondiente juicio, ya que se otorga a un sujeto (hombre) una cualidad (maltratador) que puede resultar acreditado posteriormente que no se ostenta tal condición.
Espero que esto arriba sea verdad, de hecho remitire el escrito a el organo respectivo, ya os comentare el resultado, como podeis observar la opinion es distinta a la vuestra , no quiere decir sea a realidad .