Esos elementos no estaban puestos en origen, los pusieron unos propietarios para su beneficio y los cuales no son para nada comunitarios y si privativos
Y a la hora de cobrar parte de la subvención entiendo que como forman parte del pago, no se pueden sacar a la hora de cobrar el beneficio. Es que quieren hacer el reparto por coeficiente, sin tener en cuenta que el pago no ha sido solo por coeficiente
CONSULTA SOBRE CUOTAS DE COMUNIDAD DE UNA OBRA DE ARREGLO DE FACHADA
En la Comunidad de la vivienda se ha realizado obra de fachada, se ha establecido una cuota para cada vivienda separando gastos.
Por una parte los que se consideran de todos comunes, arquitecto, tasas, pintura de fachada…..etc y por otra parte a cada piso se le han sumado unos gastos individuales que son el montaje y desmontaje de sus aires acondicionados, el montaje y desmontaje de sus toldos, el montaje y desmontaje de su tendedero, los que tienen rejas el montaje y desmontaje de sus rejas.
De tal forma que paga mas el que mas elementos no considerados comunes tienes, que el que mas metros tiene.
Mi pregunta es si es legal repercutir en cada piso esos gastos, ya que esos elementos particulares ya existían y es necesidad de la comunidad desmontarlos para la obra.
No tengo claro si lo legal es eso o que la comunidad pague todo y cobre a cada vecino por cuota de participación de cada vivienda que marca catastro. Y luego el reparto de subvenciones entiendo, que tiene que ser proporcional al dinero abonado.