Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reforma en una casa de 3 herederos

5 Comentarios
 
Reforma en una casa de 3 herederos
04/10/2019 23:47
somos 3 hermanos y uno de ellos ha hecho una reforma en la casa familiar donde vive la madre sola. La casa es para 3 herederos pero uno de ellos has gastado aprox unos 50.000€. Mi pregunta es, a la hora del reparto de la herencia como se puede hacer ? Mi madre aún esta viva y su idea es que la casa se valore según precio de mercado o catastral y en caso de venta a este hermano se le abone su parte la reforma, es viable para mi madre referir esto en el testamento, teniendo en cuenta que ella es viuda y tenia testamento del uno para el otro, . En el caso de que no se venda para que el hermano que ha hecho la reforma no salga perjudicado, como deberia hacerlo ?
05/10/2019 09:46
Aitor48
No se puede conectar una obligación (en este caso, el pago de 50.000 euros) a un suceso que pueda que no ocurra, como es la compraventa de la vivienda. Necesariamente ha de haber un parámetro objetivo que no dependa de la voluntad de las partes, pues no se puede decir "te pagaré cuando pueda" o "cobrarás si voy a visitarte", sino que cobrarás cuando llegue tal día. Por ello, su hermano tendrá un crédito contra la masa hereditaria que será preciso reconocerle y devolverle. Como se trata de un crédito refaccionario, lo lógico sería inscribirlo en el Registro de la Propiedad desde ahora mismo, y después ya habrá cuentas. En definitiva, su madre está todavía viva, y por tanto no se ha iniciado el capítulo hereditario.
05/10/2019 10:56
Aitor48
Hay una premisa que no se puede dar por cierta. La casa no se sabe para quién será hasta que se produzca el fallecimiento de la propietaria.
08/10/2019 08:45
Aitor48
Gracias Grisolia, inscribir ese credito en el registro de la propiedad lo debe hacer mi mAdre cierto? Me preocupa si hara falta llevar algun documento o facturas. Sabria decirme que piden?
08/10/2019 09:07
Aitor48
El crédito refaccionario (que es el que se concede para hacer una reforma) ha de constar en escritura pública, otorgada por el que ha puesto el dinero, su hermano, y el titular del inmueble, su madre. Esa escritura es inscribible directamente en el Registro de la Propiedad. Con ello evitarían la clase de guerras que suelen desatarse por esta clase de asuntos.
08/10/2019 09:58
Aitor48
Puede hacer un contrato de préstamo privado, de forma que el dinero prestado por el hijo a la madre se reduzca de la masa hereditaria, y ya se encargarán los herederos de ver cómo hacen ese reparto; si le pagan una parte, o si se queda con más porcentaje del piso.
Otra opción es mejorar a este hijo en el testamento.