En septiembre, después de mucho luchar con mi empresa, conseguí obtener la reducción de jornada por guarda legal. Anteriormente a esto, he tenido muchos problemas con mi superior inmediato. Hace un mes me dice que por causas objetivas tienen que despedirme (sólo a mí), la que organiza las tareas a realizar es mi superior y desde la reducción apenas me asigna tareas, estando los demás compañeros con mucho trabajo Teniendo en cuenta todos estos antecedentes, quería saber si para calcular la indemnización por despido improcedente hay que tener en cuenta el salario anterior a la reducción (sólo han tenido en cuenta el salario reducido) y que posibilidades tendría en juicio de demostrar el posible mobbing e improcedencia del despido.
No tienes que demostrar la improcedencia, la empresa tiene que demostrar la objetividad del despido.
En tu caso aplica la misma proteccion que en el embarazo, tu despido es NULO a no ser que la empresa pueda demostrar lo contrario.
No dejes pasar un dia mas y demandades.
Tienes solo 20 dias desde la fecha del despido (laborables incluidos sabados)..
Todavia no he recibido ninguna comunicacion oficial y es algo que mi superior esta haciendo por su cuenta, consultando incluso con abogados. No se si los dueños de la empresa (sus superiores) saben algo de esto. No puedo saltarme la jerarquia, asi que no cuento con mas armas que saber que puede estar preparando. Por eso sobre todo quiero saber si para el calculo de la indemnizacion solo se tiene en cuenta el salario reducido y como alegar despues que es esta persona la causa de que yo no tenga tareas a realizar, ya que es la que se encarga de distribuirlas entre todos los compañeros. No creo que nadie se prestara a declarar por mi, esta persona les tiene demasiado dominados.
Adelantate, esta tarde sin falta acude a un abogado laboralista, los sindicatos tienen servicios de asesoria asequibles, y planteale tu duda.
Como ya te dije, un despido objetivo basado en que no tienes trabajo, no es objetivo si hasta el momento de la reduccion de jornada estabas haciendo labores que se siguen desarrollando dentro de la empresa y que simplemente no te asignan a ti.
Otra cosa seria bajar la productividad a posta, pero para eso te aconsejaria que te dedicases a enviarle correos a tu jefe/a (y que te los guardes, por supuesto) recordandole que te tiene que asignar tareas y que tus compañeros estan saturados, a ver que te dice.
En el caso de que se produjese el despido, tendrian en cuenta el ultimo salario percibido antes de la reduccion, actualizado con las subidas contempladad en convenio o el ipc.
En caso de no hacerlo asi y si optas por no reclamar el despido y ganan el procedente, todavia podrias reclamar las cantidades.
Por otro lado, tambien podrias recordarles en el mail que estan incumpliendo el ET en su articulo 4.2 a)gun el cual tienes derecho a la ocupacion efectiva y que su incumplimiento supone una falta grave por parte de la empresa por la que podrias solicitar la rescision del contrato de trabajo con una indemnizacion de 45 dias por año trabajado.
Muchas gracias por tus consejos. Para completar la información te diré que llevo diez años en esta empresa, mi contrato es indefinido y fui contratada como administrativa, sin concretar tareas. Es una pyme y en estos años he tocado todas las ramas, supongo que el hecho de que lleve desarrollando una tarea u otra es cuestion de lo que decida esta persona. Ahora ha habido una modificacion que indirectamente me afectaba, a las personas a las que afecta directamente no las despiden, pero sigue habiendo trabajo que desarrollar, que no se me quiere asignar, ya que igualmente podria haber cambiado mi cometido como otras tantas veces anteriormente, era cuestion simplemente de reorganizacion. Al igual que cuando tuve que tramitar lo de la reduccion, me pusieron todas las trabas posibles, ahora tambien realizare una consulta a un abogado. Sobre la saturacion de mis compañeros puede alegar la situacion vacacional y despues la baja productividad. De cualquier forma, en caso de que las cosas le fueran bien a ella, ¿que posibilidades suele haber de ganar un juicio por mobbing?
Por mobbing dificil si no tienes pruebas.
Es mejor que lo abordes por todas las situaciones que en este momento tienes a favor.
Primero, que te tienen sin trabajar sin ningun tipo de justificacion, incumpliendo el ET.
Segundo, que te encuentras en situacion de jornada reducida por guarda de menor y que, por lo tanto, cualquier despido no justificado en causas objetivas es nulo.
Ante lo primero, envia comunicacion fehaciente a la empresa solicitando que te den trabajo y que el no facilitartelo habiendo tareas que desempeñar para tu puesto, vulnera el ET y es causa de rescision de contrato con 45 dias de indemnizacion a instancias del trabajador.
Con esto, queda anulado cualquier intento por baja productividad que pudieran alegar, ya que tu te has adelantado y has solicitado que te asignen tareas y has denunciado una posible infraccion por parte de la empresa.
Asi es como lo haria yo, pero no soy abogado laboralista, asi que mejor que te lo corrobore uno..
En todo caso, lo mejor siempre es hacer TODO POR ESCRITO Y ADELANTARTE A SUS MOVIMIENTOS.
Tu despido es NULO y el computo en caso de reduccion de jornada por guarda legal es el salario que tenias A TIEMPO COMPLETO ( introducido expresamente en la nueva Ley de Igualdad)..OJITO CON EL TEMA DE LA CADUCIDAD DEL DESPIDO
ciriaco, aun en situacion de reduccion de jornada por guarda legal el despido puede ser procedente si la empresa lo sustenta.
Se entiende nulo si la empresa no puede demostrar que es procedente, pero si pueden hacerlo, no hay nulo que valga.
Y aqui parece que se lo estan montando para poder hacerlo.
claro que puede ser procedente, pero por mi experiencia y en los precedentes que dice no seré yo el que aconseje a una empresa defender este despido objetivo por causas organizativas ante un Juez, y más aún con la nueva ley de igualdad. En mi opinión, 99% nulo
Lo primero agradeceros vuestra atención con mi caso. Esta tarde tengo cita con un abogado laboralista, asi que en cuanto pueda volver a conectarme os lo resumo, a ver que os parece.
Por mi parte pienso que esto lo tienen todo pensado al menos desde que pedi la reduccion, ya que desde entonces, paulatinamente han ido reduciendo mis funciones, ya veremos.
Un saludo a los dos.
Si tienes razon, ciriaco, pero como no se lo podemos garantizar al 100% a la consultante mejor advertirle de todo...no crees? si no se confia, no hace nada, y le cae ese 1% procedente..
Aqui estoy de nuevo. Me calcularon la indemnizacion correspondiente (en efecto, computando el salario completo), y lo presente. Me dicen que a mediados me daran la carta. Entiendo que una vez tenga la carta, comienza mi plazo de veinte dias. Otra duda que tengo es cuando tendria que dejar de acudir a trabajar, porque creo que a partir de la carta, son quince dias. Me gustaria que me aclaraseis este ultimo punto ya que no se muy bien a partir de que momento estaria fuera. Una vez mas, gracias por todo.
En la carta debe figurar el ultimo dia en que se espera que prestes servicios en tu empresa.
Hasta ese dia, tienes que acudir todos AUNQUE TE DIGAN QUE NO VAYAS. Si te fuerzan a coger vacaciones, QUE TE LO PONGAN POR ESCRITO.
Desde la fecha efectiva del despido, que no la fecha en que te dan la carta, no tienen por que coincidir, tienes 20 dias laborables, incluidos sabados para acudir a conciliacion.
ya nos contaras que tal va todo.
Hola. Llevo unos dias ojeando este foro, debido a que mi mujer se encuentra en una situacion semajante. Empezará a trabajar a primeros de Septiembre y creo que va a encontrarse con el mismo o parecido problema que currita. El planteamiento que he visto me parece correcto y de ayuda, pero mi pregunta es.....ahora con la nueva ley de igualdad eso de que te echen por estar de reduccu¡ion de jornada no esta muy bien visto, e incluso hay un apartado de la ley que dice que se tiene que resarcir en daño causado....¿no seria posible una vez le den a currita la carta de despido (en la que le pondran que la echan por que no rinde o algo parecido) denunciar a la empresa por discriminacion ya que cualquier juez se va a imaginar que la echan por la reduccion de jornada? ademas segun tengo entendido seria la empresa la que tiene que probar que la echa por que no rinde y no por lo otro. ¿como lo veis?
Lowey, basicamente has explicado la intencion de la ley, solo que los pasos a seguir no son exactamente esos.
Una vez que se recibe la carta de despido, no se puede acudir a conciliacion ya que solo admiten la demanda desde el mismo dia en que toma efecto el despido.
Denunciar por discriminacion es innecesario ya que este supuesto se basa precisamente en que el despido es nulo por ser discriminatorio, luego ya es inherente a la demanda.
Lo de resarcir del daño causado lo veo mas complejo, porque ya hay que entrar a tasar ese daño y cuantificarlo y a mi modo de ver requiere un proceso aparte.
Efectivamente la carga de la prueba se invierte en el caso de estos despidos, en que la empresa tiene que probar que el despido es procedente...pero como ya se lo van sabiendo, algunas empresas tejen marañas previas al despido para justificarlo y a veces funcionan - vs bajo rendimiento - por eso es conveniente protegerse intentanto "anular" los intentos de la empresa de justificar un despido que no tiene justificacion.
Si aun asi despiden, aun sabiendo que te tendran que readmitir, lo que pretenden es minar tu moral y que al final te marches por propia voluntad.
Entonces es cuando comienza el mobbing..y tambien hay que estar preparado para ello..
¡ Vamos !, que casi es mejor que te echen y te paguen lo que te deben y olvidarte de ellos ¿no?.Ademas supongo que entrariamos en procesos mas largos y costosos.
lo del mobbing como que no le gusta a nadie y casi es mejor perder una parte de tus derechos que no que le entre una enfermedad o algo....
Todo depende de lo "pelao que tengas el c***", groseramente hablando..yo ya he sufrido un caso de mobbing y te puedo asegurar que no me lo vuelven a hacer porque antes me los como vivos..
Si un trabajador quiere fastidiar a la empresa y mas con jornada reducida por guarda, puede hacerlo bastante, que me despiden, demando, que me vuelven a despedir, vuelvo a demandar y con daños y perjuicios, que me acosan, me doy de baja por depresion, que siguen, denuncia...y mientras un mal rollo en el trabajo que no veas..
A ellos tambien les interesa pactar..no lo dudes..
a eso me referia yo......Yo en concreto le digo a mi mujer que eche flema. Ellos para que te hagas uan idea, pretendian a 4 mes de embarazo paratr con ella un despido por 10 dias por año trabagado (6 años) y le daban un papel como que tenia un puesto reservado dentro de dos años cuando todo hubiera pasado y si habia puesto disponible......evidentemente nos entro al risa y les dijimos que preferiamos cobrar la baja duarante 9 meses que iba a ganar mas....ahora la estan esperando, pero no con los brazos abiertos ....por lo que pienso que el que golpea primero golpea dos veces....y quiero ir informandome para preparar el terreno