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reducción laboral y despido

32 Comentarios
Viendo 21 - 32 de 32 comentarios
20/07/2007 12:04
Si quereis tenerlo todo atado, enviad la comunicacion de jornada reducida antes de que ella se incorpore de la baja por maternidad, reducir 1/8 es suficiente,
(si podeis permitiroslo).
Una vez que se incorpore, atentos a cualquier tipo de acoso, discriminacion, etc..etc...
20/07/2007 12:42
Veo que esto se esta poniendo interesante. En mi caso concreto, sin ver la carta, parece que se avienen a negociar. Sobre lo de atentos a todo tipo de acoso, discriminacion... que indica dune, lo he sufrido, ¿a que te refieres exactamente si no lo puedo demostrar?
20/07/2007 12:45
Si no tienes escritos, testigos, grabaciones...
es tu palabra contra la suya...tu dices que ellos te han dicho una cosa y ellos lo niegan..¿a quien creemos?...
20/07/2007 12:50
A eso me refiero exactamente, es muy dificil como han indicado en otras ocasiones, demostrar nada de esto, las personas que realizan este tipo de comportamientos son muy cuidadosas y el resto de compañeros ya estan bastante amedrentados, ellos se quedan mientras que yo me voy, no le interesa a nadie meterse en mas problemas.
20/07/2007 12:56
Cierto, ese es un grave problema con el acoso que tus propios compañeros se terminan convirtiendo en complices del abuso.
Sin embargo, se pueden efectuar grabaciones, existen informes psicologicos, un mail descuidado, una inspeccion de trabajo intempestiva..
El acosador siempre termina por cometer algun error.
Una premisa es saber exactamente cuales son tus derechos y obligaciones y no salirte del guion, si te econmiendan tareas que no son las tuyas, negarte por escrito y alegando tus razones, si te dicen que te tomes vacaciones, que te las den por escrito, que no vayas mas, por escrito, si tienes una reunion con el jefe o puerta abierta o testigos o grabadora y se la plantas encima de la mesa..
En fin, puede convertirse en un lucha, como con cualquier otro abuso pierdes si cedes..
20/07/2007 13:10
Tomo nota, la semana que viene sera la decisiva, hasta entonces que paseis buen fin de semana.
23/07/2007 12:41
Va mi mujer a plantear la vuelta al curro y les dice que ella quiere acumular los dias de lactancia (no estipulado en convenio) y ademas cogerse 3 semanas del mes de vacaciones que le corresponde juntas despues de la lactancia. Total que le dicen que lo de la lactancia se lo piensan, pero que las vacaciones de momento no se las dejan coger tras el permiso de maternidad....total que va a ir a Sindicatos para que le preparen un escrito oficial y si le siguen diciendo qeu no habra que realizar una notificacion judicial....¿como lo veis?...se esta poniendo el tema calentito. ANIMO CURRITA....QUE VES QUE NO ESTAS SOLA
23/07/2007 18:31
Cuidado con lo de la lactancia, se puede acumular pero solo las 1/2 horas y previo acuerdo con la empresa.
El tema de las vacaciones, igual tiene que ser por acuerdo previo entre empresa y trabajador, si se las deniegan en esa fecha sin ningun motivo fundado, tiene todo el derecho a reclamar ante el juzgado de lo social pero tened en cuenta que podrian NO DAROS LA RAZON.
23/07/2007 20:46
Hola Dune, negociando con la empresa me dicen que se avienen a pagar mi indemnizacion completa, me dicen que para no tener que pasar por el acto de conciliacion (dado que estoy de acuerdo en salir en esos terminos) en la carta tienen que poner algun motivo y se les ha ocurrido por ejemplo inasistencia laboral (que no es real). Con eso me dicen que puedo acudir al INEM donde podria cobrar el paro. Decirte que, como he explicado, no incurro en ninguna causa de despido, ¿esto es algun tipo de practica habitual en estos casos o te huele mal?
23/07/2007 20:56
No es para no pasar por conciliacion, es para asegurarse de que si vas a conciliacion seras uno de esos 1% de casos de despidos en reduccion por guarda legal que se consideran procedentes y no nulos.
Si aceptas el trato, exige como minimo 45 dias por año trabajado mas salarios de tramitacion.
Lo de cobrar el paro es otro rollo macabeo, ya que el motivo de baja en caso de inasistencia laboral no es tal si no "baja voluntaria", o sea, que si dejas de asistir al trabajo adrede, se presupone que renuncias a tu puesto de trabajo y te quedas sin paro.
Cualquier otro motivo puede darte acceso al paro, pero ese me parece el menos aconsejable. Que se busquen otro mas creativo.

23/07/2007 22:45
Gracias Dune por tu rapida respuesta. Creo que mañana lo que voy a hacer es darle a mi abogado el telefono del abogado de la empresa y que hablen entre ellos para preparar la redaccion de la carta. Otra duda que tengo es que ocurre si en la carta aparece directamente despido improcedente, si estamos de acuerdo ya en la cantidad de la indemnizacion (45 dias), puedo comprender que se quieran cubrir las espaldas, pero yo no puedo aceptar firmar nada lesivo para mis intereses.
24/07/2007 10:17
Un motivo no lesivo es ineptitud sobrevenida o baja productividad. Por ejemplo.
24/07/2007 10:27
Hola Currita,

El texto de la carta en los casos de reconocimiento de improcedencia es secundario, casi una mera formalidad. Normalmente se indica una causa del art. 54 ET (bajo rendimiento etccc..) y en la misma carta se reconoce la improcedencia. Es un mero formalismo que permite cobrar la indemnización exenta y el paro si se tiene derecho, por lo que no hay que preocuparse en exceso sobre el motivo de la carta si se reconoce la improcedencia en la misma...eso si, si puedes que sea lo más light posible