Más que nada, te contesto para ver si algún experto te aconseja.
Con muchas dudas.
Creo que las horas a tener en cuenta son las realmente trabajadas (no cuentan los días de descanso, los días de vacaciones, los festivos que no trabajes, etc...).
Lo único que se me ocurre, dado que la reducción en tu jornada laboral no es la misma cuando trabajas de lunes a viernes y cuando trabajas los sábados o domingos, es contar, día a día, las horas que trabajes realmente desde el momento en que te concedan la jornada reducida, durante un año.
Así podrás comprobar si realmente trabajarás las horas que te corresponden o no.
Debe de haber otro sistema más fácil pero no lo conozco.
Muchas gracias de nuevo amperio. Creo q ya está mucho más claro y pienso que cada opción tiene su parte buena y mala, se trata de buscar la mejor. Tan solo una última pregunta...en cuanto al porcentaje,...es el mismo q el q te reduces diario??lo estaba calculando anual, es decir el numero total de horas anuales y no sé si el mes de agosto computa.
Un saludo.
O yo me expreso muy mal (que puede ser) o no lees detenidamente los posts de TODOS los foreros que han intervenido en este hilo (que también puede ser).
Voy a intentar explicarme mejor.
Tenías 2 posibilidades:
1) Solicitar la reducción de jornada por guarda legal POR EL PERIODO MÁXIMO DE TIEMPO ESTABLECIDO (8 años en el Estatuto de los Trabajadores y, si he entendido bien, 10 años en el convenio colectivo de tu empresa).
a) El gobierno cambia la normativa que regula la reducción de jornada por guarda legal.
La empresa no podrá quitarte ni tu jornada reducida ni tu horario hasta que finalicen los 8 años (estatuto) o 10 años (convenio).
b) Quieres volver a tu ANTIGUA JORNADA (la de antes de la reducción).
Tendrás que solicitarlo, por escrito, a la empresa. Si la empresa está DE ACUERDO, volverás a tu ANTIGUA JORNADA. Si la empresa NO ESTÁ DE ACUERDO, te quedarás con tu JORNADA REDUCIDA por guarda legal hasta que la empresa lo considere oportuno o hasta que se terminen los 8 años o 10 años que solicitaste.
2) Solicitar la reducción de jornada por UN PERIODO DE TIEMPO INFERIOR AL MÁXIMO ESTABLECIDO (lo que has hecho).
a) El gobierno cambia la normativa de las reducciones de jornada por guarda legal.
- Si mejora lo que estaba establecido, mejor para ti.
- Si empeora lo que estaba establecido (no creo que esto ocurra, pero no tengo una bola de cristal para adivinarlo), tendrás que ver si cumples, EN ESE MOMENTO, los requisitos de la nueva normativa para poder solicitar una NUEVA REDUCCIÓN DE JORNADA, 15 dias antes de la finalización del 1er periodo de tiempo que habías solicitado (NO es una PRÓRROGA, es una NUEVA SOLICITUD).
2) Cuando quieras solicitar una NUEVA REDUCCIÓN de JORNADA, SIGUE en vigor la actual normativa.
Tendrás que solicitar la NUEVA reducción de jornada, por escrito, 15 días antes de que termine la actual. Pienso que la empresa no podrá denegártela. Ahora bien, NO TENDRÁS la garantía de que la empresa te conceda el MISMO HORARIO que tenías en la anterior jornada reducida.
Personalmente, no hubiera puesto lo de "prorrogable" en la carta de solicitud de la reducción de jornada por guarda legal, aunque no creo que te vaya a perjudicar.
Pienso que ha sido una decisión que has tomado, libremente. No recuerdo que ningún forero te haya "ACONSEJADO" ponerlo o no ponerlo en la solicitud.
En lo que se refiere al nuevo horario reducido.
En MI OPINIÓN, lo que tienes que verificar es que te han reducido el porcentaje que has solicitado en el horario de CADA DÍA de jornada laboral.
Gracias por tu rápida respuesta amperio. Al final puse una fecha fin siguiendo tu consejo del post del 16/12 donde me decias q si ponia 8 años me arriesgaba a no poder volver a mi antiguo horario si la empresa no quería, así q ahora aún estoy más liada si me dices q tenía q haber puesto el plazo máximo.
Mi horario actual es de 15 a 21.30h de lunes a viernes y un sabado y domingo de cada tres (es decir un fin de semana si, dos no, uno si...)de 15 a 22h. Y hago un total de 1685 horas anuales.
Con la reducción haré de 15 a 19h ´de lunes a viernes y un sabado y domingo cada 3. Me salen unas 1120 horas anuales q es un 67 % de mi antigua jornada pero no sé si lo he calculado bien, yo he sumado mes a mes y dista mucho del 58% que me dan ellos.
Si quieres la garantía absoluta de no tener ningún problema en un futuro, tendrías que haber pedido la reducción de jornada por 8 años. Eso es lo que está establecido actualmente en la ley. Eso no te lo habrían podido quitar nunca (hasta que tu hijo cumpliera 8 años), aunque cambiaran la normativa para las jornadas reducidas por guarda legal.
Actualmente, EN MI OPINIÓN, la única garantía que tienes es que disfrutarás de la jornada reducida hasta final de 2016.
Si se mantiene lo que está establecido a fecha de hoy (no sé si mañana, saldrá un decretazo que lo modifique), tendrás que presentar, 15 días antes de la finalización del periodo de la actual reducción de jornada, una NUEVA solicitud de reducción de jornada (NO UNA PRÓRROGA).
Nadie sabe si el gobierno de turno cambiará la normativa para las reducciones de jornada por guarda legal, antes del año 2016. Es imposible saberlo.
En cuanto a lo que preguntas sobre el porcentaje de reducción de jornada que no te cuadra, pienso que sería importante que informaras de qué horarios tienes y de qué porcentaje de reducción has solicitado para que los expertos te puedan ayudar. Con los datos que aportas es imposible asesorarte.
¡Disfruta de tus 3 años de reducción de jornada, sin dejar de estar alerta a posibles modificaciones en este tema!
Al final puse una fecha fin en el 2016 prorrogable y me han contestado ellos con otra carta diciendo que me aprueban la reducción pero que llegada esa fecha tendré que volver a mi antiguo horario. Debo firmarla asi? Además el porcentaje de reducción tampoco me cuadra, como podría saber si está bien calculado??
Gracias.
Ok, muchas gracias por vuestras respuestas, creo que ahora si me ha quedado claro y no me arriesgaré, pondré una fecha fin de 3 años con intención de prorrogarla, creéis que es necesario especificar en la carta q los 3 años serán prorrogables o no es necesario ya que estan obligados a concederme la prórroga...hay tanta reforma últimamente uqe me da miedo q de aquí a 3 años cambie y no me lo concedan. Gracias.
El riesgo que corres, solicitando NUEVAS reducciones de jornada es que, aunque la empresa estará obligada a concederte la reducción de jornada, no tendrá la obligación de mantenerte el horario que tenías en la anterior jornada reducida.
Sólo tu conoces los horarios que existen en tu empresa. Por lo tanto, tú eres la única que puedes valorar si otro horario de jornada reducida te podría interesar o no.
Si lo haces como planteas en tu último post, es decir pedir el plazo MÁXIMO, en el caso de que decidas volver a tu antigua jornada laboral antes del tiempo MÁXIMO de reducción de jornada que hayas solicitado, la empresa podrá denegártelo si no le interesa.
Si pides la reducción de jornada por un plazo inferior (el que quieras) y 15 días antes de que FINALICE el plazo que has solicitado, solicitas una NUEVA reducción de jornada, no deberías tener problema.
Te pongo un ejemplo.
1) Solicitas la reducción de jornada por guarda legal desde el 1/1/2013 hasta el 31/12/2020.
El 20/10/2017 quieres volver a tu jornada anterior y así lo solicitas a la empresa. La empresa podrá denegarte volver a tu antiguo horario si no le interesa.
2) Solicitas la reducción de jornada desde el 1/1/2012 hasta el 31/12/2012 (1 año. Sería lo mismo aunque fuera menos o más tiempo).
Lo único que tendrás que hacer, si quieres prolongar el tiempo de reducción de jornada, es pedir una NUEVA reducción de jornada 15 días antes de que se termine la que tenías concedida.
Siempre que 15 días antes de que se termine el tiempo correspondiente al periodo de reducción de jornada solicitado, pidas una NUEVA reducción de jornada, la empresa estará obligada a concedértela.
Así, tantas veces como lo desees hasta que tu hija cumpla los 8 años.
Amperio y Nando me dan opciones diferentes, el primero dice q no se puede prorrogar y Nando dice q si. Supongo q puedo pedir el plazo máximo y volver a mi antiguo horario cuando quisiese (o eso me dicen) pero...si a ellos no les va bien, me lo podrian denegar???
Personalmente, no pondría el plazo máximo, pues la empresa podrá alegar cuando usted quiera reincorporarse a su jornada ordinaria que no ha transcurrido el plazo solicitado y, aún acabando en un juzgado, nunca se sabe cual va a ser la respuesta de su señoría. Yo me decantaría más por las posibilidades planteadas por amperio y Nando_bcn.
Salvo mejor opción.
La empresa me dice que ponga el plazo máximo (que en nuestro convenio es de 10 años) y que cuando necesite volver a ampliarlo no habrá ningún problema ya que a la empresa también le interesa.
Por eso he enviado el post porque tenía la misma duda que tú.
En mi opinión de NO EXPERTA, si pides la reducción de jornada y quieres volver a la antigua jornada antes de la fecha de finalización de la jornada reducida que hayas indicado en el documento de solicitud, podrás reincorporarte, siempre que la empresa esté de acuerdo.
Pienso que no se puede prorrogar. Lo que no tengo nada claro es si tienes derecho a solicitar tantas veces como quieras la reducción de jornada hasta que tu hij@ tenga 8 años.
Me explico con un ejemplo:
Pides la redución de jornada durante un año.
15 días antes de que se termine el tiempo correspondiente, solicitas otra reducción de jornada por un año y así sucesivamente hasta que tu hij@ cumpla 8 años. ¿Está obligada la empresa a concederte esa reducción de jornada siempre que la solicites o puede denegártela.
Amperio, nos acabas de dar otra alternativa, es decir, pedirla por un tiempo inferior al máximo permitido (aceptando que se ha de indicar la fecha de finalizacion) y solicigtar una nueva.
¿Que lo impide?.
El unico requisito es tener un hijo menor de 8 años., no fijando la morma ningun limite respecto a las veces que se puede solicitar.
Y dudo que un juez haga una interpretacion contra-operario y menos en un tema tan sensible como esta, considerando que hay unos limites allá donde la norma no los contempla.
Estoy muy agradecida ante tanta respuesta pero veo mucha división de opiniones y estoy más liada aún, no sé si puedo o no prorrogar mi reducción. 8 años es mucho tiempo y pueden pasar muchas cosas. Me habeis dejado claro que ha de constar una fecha, mi duda es si podré modificarlo si lo necesito durante esos 8 años. Gracias.
"precisando la fecha en que INICIARÁ y FINALIZARÁ el permiso de lactancia o la REDUCCIÓN DE JORNADA."
Por lo tanto, está oblligada a precisar una fecha de inicio y una fecha de finalización de la jornada reducida.
Ahora bien, quiero creer que, si el empresario no ve ningún inconveniente, la trabajadora podría, de MUTUO ACUERDO con el empresario, adelantar la fecha del final de su jornada reducida.
Lo que ya no tengo tan claro es si podría, en el caso de haber solicitado la reducción de jornada por un periodo inferior a los 8 años, volver a solicitar una nueva reducción de jornada. Vamos, que no tengo claro que pueda solicitar la reducción de jornada por guarda legal tantas veces como quiera, hasta que su hijo cumpla 8 años.
Pues, salvo mejor opinión, yo entiendo que se le está dando a ese cambii de literal con la reforma un alcance que no pretende.
En cualquier caso, ya con el anterior literal, cuando, por loo que fuera, el trabajador indicaba la fecha de finalización de la reduccion de jornada, para nuestros tribunales nada impedia que, mediando el preaviso oportuno, se puediera solicitar el regresar a jornada completa, incluso modificar la reduccion o eleccion de jornada (mientras no se haga de forma arbitraria o abusiva) antes de la fecha indicada como finaloizacion de la misma
Y tengo la impresión que no ha de haber ninguna cambio relevante en ese sentido.