Estoy tratando de localizar un organismo público que me pueda confirmar por escrito lo que me comentas del INEM...He llamado al INEM y me dicen que ellos no hacen cambios de contrato, así que lo de la modificación ni les va ni les viene, sólo les interesa la reducción de jornada por guarda legal. También he llamado al Ministerio de Trabajo, pero me ha dado la impresión de que ellos no lo tenían claro...
Hay algún organismo público donde pueda decir a la empresa que llame para asesorarse? El INEM no me ha convencido (lo de los códigos les daba igual porque no era competencia suya...
Si se trata de una reducción de jornada por guarda legal al INEM no hay que comunicar nada, y menos aún un cambio de contrato.
Si tiu contrato era un 100 (indefinido a tiempo completo) sigue siendo un 100. La empresa sólo tiene que comunicarlo a la S.S., baja y alta sucesivas, dándote de alta como colectivo 16 e indicando la reducción de jornada.
Eso sí, será bueno que internamente se confecciones y firme un documento en el que quede reflejada la reducción (acordada en base a tu solicitud, dejando claro que es por guarda legal, el porcentaje de reducción, jornda a realizar, fecha de efecto, etc.).
Pero el contrato, insisto, que no te lo cambien. No hay nada que comunicar al INEM (o SPE).
Con este mensaje quiero insistir en que el motivo de volver a consultar lo del código del contrato y la comunicación al INEM es porque me han dicho que NO ME CONFUNDA con los CODIGOS, cuando se comunica la reducción al INEM es código 200 y para la SS es 100.
Es 100 en los 2 casos??
Estoy echa un lío. Muchas gracias,
SHP
Reducción jornada guarda legal- comunicación al inem y acuerdo de reducción
Acabo de solicitar la reducción de jornada por guarda legal y la empresa me ha pasado un COMUNICADO de REDUCCION de JORNADA que ellos entregarán al INEM (no a la SS), hablan de que paso a un contrato indefinido a tiempo parcial (código 200) y me dicen que la SS considera código 100, pero que para el INEM es código 200. Por favor me podríais decir si esto es correcto???
También he oido que es necesario un documento de ACUERDO de reducción de jornada por guarda legal en el que figuren entre otros datos, la fecha de inicio, el porcentaje de reducción, el nuevo horario, el nuevo salario (si se me escapa algo, os agradecería que me lo dijeraís...). Es obligatorio?
Si fuera necesario este documento..., y la empresa no me hubiera dicho nada al respecto...como se procedería? se lo solicito? lo presento yo?