En 2022 he rescatado el otro que tenía. La información fiscal que me ha proporcionado VidaCaixa no me indica ninguna reducción. Me dicen que como rescaté uno en 2021 ya no es posible la reducción del 40% en el segundo.
No obstante navegando por internet he encontrado lo siguiente:
El pasado 24/10/2022 el TEAC por Resolución 00/08719/2021/00/00 dice: “ESTE TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL, reunido EN SALA, en el presente recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio interpuesto por el DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA A.E.A.T. acuerda DESESTIMARLO, y fijar como criterio al respecto el siguiente: Cuando se reciban prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción prevista en el art. 17.2.c) T.R. de la Ley del I.R.P.F., por aplicación del régimen transitorio de la D.T. duodécima de la Ley 35/2006, podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital (pago único) en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente y en los dos ejercicios siguientes, y no solamente en un ejercicio.”
Entiendo que esta resolución modifica la norma anterior y pone como único requisito para la reducción del 40% de varios planes de pensiones es que éstos se rescaten en el año de la contingencia o en los dos siguientes.
Les agradecería me indicaran si mi interpretación es correcta y sí que podría reducirme el 40% de lo rescatado en el segundo plan de pensiones.