Generalmente y en los convenio de aplicación viene recogido un porcentaje de variación de jornada anual permitido, esta aplicación de la jornada irregular puede ser tanto por exceso como por defecto siempre y cuando al final del año quede el computo ajustado al computo anual, es decir pongamos por caso que su convenio dice que tiene usted que hacer anualmente 1782 h/año y que se admite una variación irregular de la jornada de un 10%, con lo que la empresa jugaría con la posibilidad de tener una bolsa de 178 h para distribuir como mas le convenga, pero siempre que mantenga el respeto a la distribución de dicha jornada atendiendo a criterios de jornada máxima, (de 9 h/día y respeto a los descansos semanales correspondientes).
Por otra parte entiendo de lo por usted argumentado que trabaja para una empresa que a su vez presta servicios a una tercera la cual es la que impone esa jornada de verano, bueno pues el poder y la obligación de su empresa es la de darle ocupación efectiva de forma tal que si usted, porque el cliente cierra por las tardes, no cumple con su jornada establecida de 40 h/sem, su empresa esta obligada a facilitarle complementar su jornada destinándole a otro sitio, si así no lo hizo y ahora pretenden que recupere usted esa jornada, salvo la condición anteriormente comentada no tendría usted que recuperarla, así que mire su convenio a ver si en la distribución de jornada se recoge la distribución irregular de la jornada
Mi empresa en los meses de julio y agosto reduce la jornada a 6 horas diarias. Mi contrato es de 40 horas semanales por lo que no puedo cumplir con mis horas.
En un principio se me dijo que como era decisión de la empresa y sólo eran 2 meses no me preocupara, todo seguiría igual y yo cobraría lo mismo.
Ahora me dicen que tengo que ir recuperando las horas que me faltan a partir de septiembre haciendo horas extra pero yo no he firmado nada sobre la reducción ni sobre la recuperación de horas.
Recuperar esas horas implicaría trabajar más de 40 semanales. Tengo 2 hijos y no puedo permitirme estar ausente tanto tiempo. Además si hubiese sido por mi hubiese hecho mi jornada normal, pero era la empresa la que me lo impedía al cerrar antes.
¿Pueden obligarme a hacer esas horas o a descontármelas del sueldo si no hay ningún documento firmado por ambas partes que así lo indique?