Antes de nada, muchas gracias por su tiempo y amabilidad por leer mi caso.
Les pongo en antecedentes:
Trabajo en una empresa de limpiezas en la que llevo casi 14 años. A dicha empresa le subcontratan diversas comunidades de propietarios, empresas de toda índole, etc. Pues bien, desde el comienzo de mi andadura en la empresa, estuve trabajando para un centro durante 6 años, momento a partir del cual, mi jefe (el de la empresa de limpiezas) me cambió a otra sucursal del centro anteriormente mencionado, para el cual me encuentro trabajando (entre otros centros) a día de hoy.
Todo esto viene, porque este último centro va a cambiar de local, pero no de número de trabajadores, ni por causa de bajada de productividad, simplemente quieren un establecimiento "más moderno". Este último punto es el que esgrime la empresa que se va a trasladar de sede para modificar mi jornada de trabajo para ellos, pasando de realizarle 10 horas a la semana a únicamente 4 horas y media.
Debido a esto, supondría una reducción cuantiosa de mi nómina, por tanto, quería saber si esto se puede hacer unilateralmente por su parte y, sobre todo, saber qué derechos tengo ante una situación así.
El cliente puede reducir el número de horas que le dé la real gana, es un cto mercantil entre la empresa cliente y la de limpieza.
En cuanto a usted, es su jefe, el de la empresa de limpieza, quien tendrá que mantenerle la jornada, de otra forma se produce una msct, art 41 ET por la que podría usted finalizar cto con su actual empresa.
smo
De acuerdo, entonces entiendo que mi empresa tendría que "rellenarme" esas horas con otros centros para llegar a las que actualmente tengo en nómina, ¿es así?
¿La parte en la que dice que "podría finalizar el contrato con mi actual empresa" quiere decir que me despedirían? ¿Que me tendrían que indemnizar?
Disculpe las dudas, me encuentro un poco perdido en todo esto.
Extinción o resolución del contrato a voluntad de ud., con una indemnizacion de 20 días por año trabajado con un tope de 9 meses.
Se enfoca como si se tratara de un despido objetivo, así que sí, se quedaría sin su actual trabajo ¿Se le comunicó por escrito dicho cambio? Porque entonces debe ser impugnado como si de un despido se tratara, 20 días hábiles. Primero se comunica a la empresa amistosamente, si no recibe contestación tendrá que presentar demanda.
Perdón que lo olvidé, hay una solución intermedia,y es impugnarlo ante el juzgado de lo Social, sin solicitar la extinción, para que un juez decida si es justificada o no la reducción de jornada, caso negativo la empresa debe readaptar la jornada a la antigua (10 horas) y seguiría trabajando. Salu2.