Creo recordar que, cuando el plazo se establece en meses, se cuenta de fecha a fecha, por lo que no es necesario descontar los domingos ni los festivos.
Un saludo
Muchas gracias calato me estas siendo de gran ayuda, sabes donde podria encontrar algun modelo de recurso de alzada similar al caso que te presento.
Saludos
En tu caso al tratarse de una modificacion de permiso de trabajo no son tres meses , porque estas resoluciones se notificaran en la mitad del plazo señalado, quiere decir que sera la mitad del plazo de los tres meses.
Osea tu solicitud si no has recibido nada a la fecha de hoy , silencio negativo, pero ojo ya te ha transcurrido mes y medio del plazo para presentar el recuros de alzada y te queda mes y medio mas porque la ley dice:
El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.
Si no lo fuera( y este es tu caso), el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Transcurridos dichos plazos sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
Al 9 de febrero sumale mes y medio, a partir de ahi tres meses para recurso de alzada, mas o menos hasta finales de junio tienes para presentar alzada.(no tengo calendario calculalo bien, dias habiles todos menos domingos y festivos). saludos.
La disposicion adicional decima del RD 2393/2004 de 30 de diciembre dice que la renovación y modificación (este es tu caso) de autorización de trabajo, no agotan la vía administrativa. por lo tanto recurso de alzada o potestativo de reposicion.saludos. Te puedes informar en leyes administrativas LAP 30/92 (actualizada) y el reglamento anterior em mtas.es clica en proceso de normalizacion. saludos.
Recursos contra denegacion de permiso de residencia y trabajo
Soy ucraniano y he presentado una modificacion de permiso de trabajo, antes trabajaba por cuenta propia y ahora he pedido la renovacion a cuenta ajena, presente la solicitud el 9 de febrero y todavia no he conseguido ninguna resolucion, el plazo es de 3 meses para contestar sino correria el silencio administrativo negativo y presumo que me lo han denegado, mi pregunta es que recurso cabe interponer_ recurso de alzada pk no se agota la via administrativa o recurso contencioso.
Donde pueden informarme de todo esto
Gracias