Hola piru. ahora me aclaro un poco más. Si este último es el supuesto, se han cumplido correctamente el trámite de procedimiento. Por lo que una cosa es la disconformidad con el proyecto de Urbanístico y otra la impugnación de la contribución especial derivada de éste, aunque la actuación del Ayuntamiento sea ilegal. Debes interponer recurso CA ante el Juzgado de lo Contencioso, admitido a tramite, al interponer la demanda deberás pedir la suspensión alegando la litispendencia del Tribunal superior
¿porque no va ser admitido a tramite? Es cosecuencia de un recurso de reposicion, que fue contestado negativamente por el ayuntamiento, con lo que teniamos dos meses para interponer el contencioso, si no hubiera quedado defitiva la decision del ayuntamiento.
El ayuntamiento lo que hizo fue presentar la importe de contribuciones especiales, fuera de plazo, cuando ya habia pasado el periodo de reclamaciones e incluso concluida las obras. Nosotros en el perido legal para reclamar presentamos escrito correspondiente, y posteriormente al miamo presentamos reposicion que fue contestado negativamente
El recurso CA no debe ser admitido a trámite, dictando Auto el Tribunal, por interposición extemporanea al amparo del Art 116.2 LPAC. o desitir del mismo e interponer otro con nuevas alegaciones y fundamentos
Pero es que el contencioso se ha presentado ante el tribunal superior, y ahora las contribuciones especiales ¿no van primero al juzgado de lo contencioso? ¿o en este caso si se puede ampliar el Contencioso ya interpuesto va directamente al Tribunal Superior?
Aqui las contribuciones especiales, son consecuencia del prodecimiento que ya tenemos en el tribunal superior
Hablo de memoria, pero supongo interpuesiste RCA por trnascurso plazo resolver repaosición. Puedes solicitar la ampliación del RCA, basta exista conexión entre los actos.
por que el contencioso era al proyecto urbanistico, es que el ayuntamiento ha presentado, la propuesta de contribuciones especiales, cuando tenia hecha hasta la calle, y ha esta propuesta es a la que ahora hemos puesto el recurso de reposicion, pero esta relacionado con el contencioso, es la misma actuacion urbanistica, pero como no cumplen el procedimeinto, pues pasa esto.
En su momento ya presentamos recurso de reposicion a la actuacion urbanistica ilegal
El contencioso esta admitido a tramite, no se ha iniciado la demanda
Gracias
Hemos interpuesto recurso contencioso administrativo, por una actuacion ilegal de un ayuntamiento, ahora nos han contestado al recurso de reposicion que planteamos a las propuestas de contribuciones especiales, de la actuacion del ayuntamiento que esta ahora en el tribunal. Pregunto tenemos que interponer otro contenciso por esto ultimo o hay alguna manera de suspenderlo supeditandolo al resultado del contencioso que ya tenemos planteado, siendo que es todo de la misma actuacion y uno cosecuencia del otro.
gracias