Seguro que algún compañero ha tenido un caso parecido, un extranjero tiene una orden de expulsión desde el 2008, presentó los papeles para el arraigo la primera vez en el 2011, le vino denegado por tener una orden de expusión y por otros motivos, presentamos el recurso de reposición correspondiente, subsanando todos las supuestas irregularidades, y además solicitamos el cambio de la orden de expulsión por una multa, ahora viene otra vez la respuesta de la Delegación de Gobierno diciendo que no admiten el recurso porque la orden de expulsión es de 10 años, pero la Delegación nunca se ha pronunciado con relación a la solicitud de cambiar la orden de expulsión por multa, por deducción mía veo que no han tenido en cuenta la solicitud de revocación de la orden de expulsión, pero como lo digo por suposición orque jamás nos dicen nada con respecto a dicha solicitud.
Ahora dicen que lo único que nos queda es un recurso contencioso administrativo, ¿pero esto es así? y la solicitud de revocación?, tendrían que haber respondido, pero ya no nos dejan otro camino más que el recurso contencioso, qué podemos hacer?, presentar los papeles otra vez?, hacer el recurso que tarda 2 años en resolverse?, tratar de averiguar qué pasa con la solicitud de revocación?, alguien podría aconsejarme???, si presentamos los papeles otra vez volvemos a tener el problema de la orden de expulsión.