Buenos días. Se me ha planteado un problema cuando he puesto un contencioso ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Granada, en reclamación de los daños ocasionados en un vehículo que circulaba por una propiedad de la Agencia Andaluza del Agua.
Me alegan la posible falta de competencia del Juzgado de lo Contencioso administrativo. Me he vuelto loca mirando la ley y no me aclaro, incluso he mirado los estatutos de la Agencia y sentencias (no he encontrado ninguna con un caso similar).
La cuestión es que cuando se puso la reclamación previa a la Agencia, ésta no ha contestado, por lo que es silencio administrativo negativo, y al no tener resolución expresa, tampoco me indicaron ante que organo debía interponer recurso contencioso.
¿Alguien me podría decir cuál es el órgano competente?
Muchas gracias por tu pronta respuesta. La cuestión es que sí que tengo claro que la jurisdicción contencioso administrativa es la competente, la duda es que si he interpuesto el recurso ante el órgano correcto (Juzgado de lo contencioso administrativo).