Son muchas consideraciones,que tiene que valorar quien está al pie del cañón.
Edad del cliente,si está próximo a la jubilación,son mas proclives a la incapacidad.
Empresario,el que tiene dos dedos de frente,al ver que le empaquetan un trabajador no válido,puede moverse también,y si es un borrico,que abundan,despido por incapacidad sobrevenida,y,según la edad y el tiempo cotizado,puede interesar el despido.
Lesiones permanentes objetivables,si son suficientes para tener una razonable garantía de éxito en la demanda de incapacidad o pueden ser precisos elementos de refuerzo,como presentar la revocación de un alta....
Respecto al costo,en un gabinete sindical,por costumbre,es lo último que miramos,el afiliado paga todos los meses,y se supone que es para algo
Desde luego.
Unicamente quería saber si realmente vale la pena desde el punto de vista práctico, y desde su experiencia (ya que yo soy novata en estos lares) ir a meterse en dos procedimientos (el de impugnar el alta, y en su caso, el de recurrir la denegación de la incapacidad permanente), o convendría ir a darlo todo realmente en el segundo, ahorrando así tiempo y dinero al cliente.
Plantea un dilema que no es tal.
Recurrir en via judicial nos será util a la hora de acudir a los tribunales en demanda de la incapacidad,que seguro el INSS denegará.
Recurrir el alta o solicitar incapacidad permanente
Expongo el siguiente caso a ver que os parece. Un hombre de mediana edad, se cae de un arbol que estaba podando, y se rompe el astragalo, con una fisura en la tibia. Le dan la baja por contingencias comunes. Tras 365 días de baja, el tribunal medico prorroga la baja otros 180 días. Sin embargo, a un mes de llegar el final de la prorroga, lo llaman a tribunal medico, y pese a que le manifiestan que continuara de baja, al dia siguiente le notifican el alta mediante SMS.
Hemos presentado reclamación previa, pero el INSS se ratifica en el alta. Mi pregunta es la siguiente ¿Vale la pena recurrir en vía judicial el alta, teniendo en cuenta que le quedaba poco para cumplir los 180 días de prórroga? ¿O convendría iniciar el tramite de solicitud de la Incapacidad Permanente, y en caso de denegarla, pelearla judicialmente?