Se convoca y se hace un pleno municipal sin la pertinente notificación a los concejales de la oposición, por tal motivo estos no se presentan ¿Es impugnable el pleno y ante quien?
no entiendo tu consulta.
las actas de los plenos municipales se aprueban en la siguiente sesion ordinaria que celebre la corporacion en pleno. en esa sesion, aquellos concejales que consideren que el acta no recoge algun tema tratado o que no se corresponde lo recogido en la misma con lo votado o lo acordado podrá mostrar su disconformidad con el texto y si el resto de sus compañeros considera que está en lo cierto no se aprobará.
si te afecta ese acta como particular, pues en el mismo se acuerda hacer algo que te afecta, debes esperar a que te notifiquen el acuerdo que crees perjudicial, en la notificacion te indicaran los plazos.
si por el contrario el acta contiene un acuerdo que afecta al pueblo en general, como una subida de impuestos, el tema se complica, el acuerdo del pleno municipal, una vez publicado en el boletin oficial de la provincia, seria cuando se podria recurrir o al menos dirigir un escrito al alcalde indocando los motivos por los que el acuerdo o el acta en su conjunto no le parece apropiada.
en cualquier caso te reitero que sin conocer el porque del necesitar impugnar no puedo concretar mas