Soy nuevo en el Foro y quería hacer una consulta:
Realicé las milicias universitarias en la modalidad de Sefocuma, en el otoño del 99 y el segundo semestre del 2000.
Posteriormente aprobé una oposición como profesor de secundaria. Algunos profesores compañeros solicitaron reconocimiento de trienios y con tal fin los solicité. El Ministerio de Defensa me dice que por ser prestación personal obligatoria, segun la ley 70/78, no se contempla. Sin embargo los que han hecho IMEC si se les certifica las prácticas en concordancia del RD 1461/1982.
Queria saber si alguien tiene algo de jurisprudencia sobre este tema, conoceis algún caso similar que pueda ser de utilidad, etc.
Un saludo cordial, gracias por vuestro tiempo.
hola, yo fui tb sefocuma y estoy en tu misma situación, me gustaria saber si has averiguado algo,ya que a los del antuguo imec si se lo cuentan....gracias
Existen dos situaciones.
1ª. Si usted hubiese sido funcionario al incorporarse al servicio militar modalidad Sefocuma habría pasado a la situación de Servicios Especiales y por tanto se le reconoceria todo el tiempo que prestó de servicio militar.
No obstante entiendo que vd., adquirió la condición de funcionario con posteriordiad a la prestación del servicio militar, por lo que únicamente se le reconocerá el tiempo de prestación que exceda del
obligatorio, es decir si vd., prestó servicio por un período de 12 meses, y el tiempo de S.M. obligatorio según la legislación de esa fecha era de 9 meses, únicamente le computarán el exceso de 3 meses.
Espero haberle sido de ayuda.