Hola buenas, quería pedir consejo sobre una situación un poco kafkiana que estamos teniendo con la persona que nos vendió el piso, el 9 de Julio.
En agosto llegó un IBI de la zona comunitaria, correspondiente al 2008 (por lo que sea, llegó a mediados de año en vez de al principio).
Al pedirle al vendedor que se haga cargo del importe, nos da largas y se pone en contacto con el gestor de Grupasa (que tramitó la compraventa) y este gestor nos llama en plan:
“que sí, que tenéis razón, que el IBI lo tiene que pagar el vendedor. Pero pensad que él pagó todas las cuotas de la comunidad del mes de Julio, y que teóricamente, también os podría reclamar dos tercios de esas cuotas –compraventa el 9-, con lo que saldríais perdiendo”.
Mi mujer quiere dejar correr el tema, pero a mí me ha picado el orgullo que después de pagar medio millón de Euros me chuleen por 45 (lo del IBI).
Puede ser que realmente no exista base legal para obligarme a pagar esos 2/3, y en cambio exista toda la base para que ella pague el IBI?
Gracias