Buenos días, con vuestro permiso me gustaría preguntar un par de dudas respecto a una reclamación que el ayuntamiento me ha desestimado.
Tuve una multa por aparcar en "prohibido" que reclamé por 2 vías:
- Uno el prohibido era temporal por poda de árboles pero el día antes de la poda la señal (os lo prometo) no estaba ahí, su prueba es una foto con mi coche justo al lado de la señal puesta en un árbol mientras se lo llevaba la grua, lógicamente si veo la señal a 40 cm de mi coche y vivo en una zona donde no hay problema para aparcar no paro allí. Aquí me pillan indefenso del todo por que yo digo que la señal no estaba y ellos que sí...
- Pero también recurrí por el famoso Art.85 de la ley de circulación según el cual solo la autoridad pertinente puede ordenar la retirada de por la grua y por tanto si el alcalde no ha delegado en la policía esa retirada es ilegal.
Cuando fui a reclamar la multa la policía terminó admitiendo que no tenían esa delegación, ahora me han mandado un Decreto de Alcaldía muy anterior en el que el alcalde delega en la policía local pero justo ese decreto no se puede consultar ni en su web ni en ningún sitio.
¿Qué hago aquí? Estoy completamente perdido.
¿Otra duda los decretos de alcaldía deben ser publicados en el BOP?