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Reclamacion de pago a un Ayuntamiento

2 Comentarios
 
12/11/2014 14:36
Pues no hay nada, ni proyecto y actas ni nada, al ser un Ayuntamiento de un pueblo pequeño y debido a la confianza entre partes y al ser pequeño el coste de la obra, se hizo verbalmente (supongo que la aprobación del gasto la harían ellos internamente pero no tenemos noticia de ello). La obra está terminada y en uso.
Muchas gracias.
10/11/2014 17:05
Es importante saber, si la obra se ejecutó con proyecto técnico y dirección facultativa.
También si se formalizó acta de replanteo.
Si la obra está terminada y entregada al Ayuntamiento y se formalizó "Acta de Recepción de Obra".
Si ya se está haciendo uso de la obra.
Reclamacion de pago a un ayuntamiento
10/11/2014 13:41
Me gustaría que alguien me aconsejara en este asunto: una empresa de construcción ha realizado unas obras para un Ayuntamiento pequeño sin formalizar contrato ni nada (verbal). Ha pasado casi un año y no pagan, vamos a realizar una reclamación al Ayto pero... ¿Cuál es el plazo a esperar para ir al contencioso adm en caso de que no contesten a la reclamación y no paguen que será lo mas seguro? ¿Es el plazo de un mes que establece el art 200 bis de la LCSP o el general de la Ley 30/92 del silencio adm? y tb me gustaría conocer vuestra opinión sobre el procedimiento a seguir en el Contencioso, ¿presentamos recurso contra el silencio desestimatorio o contra la inactividad de la Adm? Hay quien opina tb que es mejor ir a un procedimiento civil al no existir contrato administrativo, a mi no me parece, no se....
Muchas gracias...