El catastro en el año 2.016, presentó superficie actualizada de una propiedad. En base a esa nueva superficie, el IBI de 2.016 incrementó.
Se presentó reclamación al Catastro, en Enero 2.016, sobre la superficie actualizada, ya que tomaron la foto aérea que incluye zonas de volados, que no correspondían incluir.
La reclamación es estimada, pero el IBI de 2.016 ya se abonó en base a la anterior superficie.
Se presentó reclamación en Noviembre 2.016, para la devolución de lo indebidamente pagado, pero hasta la fecha no ha habido contestación, ni devolución de lo indebidamente pagado.
Ahora ya se anuncia el cobro del IBI de 2.017 y se desconoce si ya va a incluir la reclamación de la superficie o van a seguir manteniendo la del 2.016.
¿Cual sería lo mas conveniente?. El pago del IBI, está domiciliado en el banco.
¿Esperar a ver que superficie se incluye en 2.017?.
Si mantienen la de 2.016, ¿Que se debería hacer?.