Hola, soy comercial y durante 12 meses he estado de baja. Durante este periodo no me han pagado las comisiones sobre las ventas realizadas en mi zona. En un periodo anterior estuve de baja durante 30 meses y si que me pagaron las comisiones. Me han dicho que si deberían de pagarmelas por el tema de derechos adquiridos, y porque ante una misma situación ¿Porqué cambiar el criterio de pago?. Quisiera saber si esto es así y en que ley se basa. Tengo interpuesta una demanda, pero me gustaría saber que opinais. Un saludo