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Reclamación de cantidad

14 Comentarios
 
Reclamación de cantidad
01/02/2006 14:25
Hola a ver si me podeis ayudar. Me han despedido y lo que quiero en que me paguen dinero que me deben. Estuve de baja y después estuve con la maternidad... A mí me pagaban pero no todo lo que me tenían que pagar y lo que quiero saber (sé que sólo puedo pedir el último año) a quien tengo que pedir lo que me falta hasta llegar a lo que estipule con la empresa.

Gracias
01/02/2006 14:53
Especifica en que fecha te dió de baja la empresa. En que periodo fue la baja maternal y la otra baja y que deseas reclamar y en concepto de qué.

Saludos
01/02/2006 15:10
La baja es el día 10 de 12 de 2004 hasta el 26 de julio de 2005.

La maternidad fue hasta el 9 de Noviembre de 2005

El despido es el día 28 de Noviembre de 2005

Yo quiero pedir la diferencia entre lo que me tenian que pagar y lo que me han pagado. Reclamación de salarios.

Gracias

01/02/2006 16:21
Si la reclamación de cantidad la hicieses con fecha por ejemplo de mñana día 02/febrero 2006 sólo podrías reclamar hasta 02/Febrero 2005. Un año hacia atrás desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación en el SMAC.
Tu reclamación afectaría a las bases de la baja y de la maternidad. Acude a una persona especializada en laboral ya que la reclamación a la empresa lleva aparejadas otras reclamaciones para ajustar las bases y no es tan fácil.

Saludos
01/02/2006 20:41
Gracias Nomo, pero contra quien tengo que interponer la demanda? Contra la empresa?
01/02/2006 20:46
Me ha llamado una compañera y me ha dicho que no puedo demandar a la empresa xq ella no tiene la culpa ¿Es cierto?

Gracias
01/02/2006 21:28
Vamos a ver Sofia, tú dices "a mi me pagaban pero no todo lo que me tenían que pagar" ¿De quién era la culpa entonces? ¿No será mía? Disculpa la sorna.
Claro que tienes que demandar a la empresa y ya te comentará el abogado que te lleve el caso como entablar luego las reclamaciones de las diferencias de cantidades a las que tendrás derecho si consigues lo que esperas con respecto a los dos peroiodos de baja y maternidad.

Saludos
01/02/2006 21:44
Muchas gracias Nomo por tu comprensión y ayuda.
Es que me estan diciendo que la empresa no tiene que pagar nada xq al estar de baja y con la maternidad la relación con la empresa estaba suspendida y que es absurdo ir contra la empresa y yo no lo veo absurdo y creo que tu tampoco.

Si puedes dame la última respuesta y así me quedo tranquila.

Te agradezco muchisimo toda tu ayuda, un beso Nomo.
01/02/2006 21:59
Hola sofia, es muy dificil concretar la respuesta sin saber todos los datos.
Que concepto es el que tu consideras que han debido pagarte y no lo han hecho?
Dado que la obligación del pago de la prestación por IT una vez transcurridos los 15 primeros dias y la prestación de maternidad le corresponde al INSS (o MUtua depende de con quien tenga el concierto la empresa) y la empresa afectua el abono en concepto de pago delegado; cuando dices que no te han pagado correctamente, te refieres
1- a que tu convenio colectivo establece que la empresa debe abonarte un complemento que no te ha pagado.
ó 2- la empresa no ha cotizado por tu salario real (cobrabas parte en b) y por tanto la prestación está en función de esta cotización y es muy inferior al salario que venias percibiendo.
o la situación es diferen a lo anterior.
Segun el caso sera la respuesta.
Un saludo
01/02/2006 23:00
Según el convenio tenía que haber cobrado una cantidad de salario mensual y me pagaban otra inferior. Entonces yo quiero reclamar la diferencia entre lo que cobraba y lo que realmente tenía que cobrar.

Gracias por vuestra ayuda.
02/02/2006 09:49
hola sofia una ultima pregunta y ya tendremos todos los datos para intentar contestarte lo mas adecuadamente posible. Que paso con el despido, reclamaste contra el mismo? La empresa reconocio la improcedencia y te pago la indemnización correspondiente?
Hubo un acto de conciliación o sentencia? y en tal caso el salario que se reconcocia cual es, segun convenio o el que cobrabas?.
Sin otros datos, lo que veo es que al llevar mas de un año de baja bien por maternidad bien por IT, ya no puedes ejercitar la opción de reclamar las diferencias en el salario.(pues lo que has venido percibiendo durante este ultimo año no es salario sino una prestación de IT y posteriormente de maternidad)
Otra cosa es que al haberte pagado por debajo del convenio, las bases de cotización que sirvieron para determinar la cuantia de la prestación por IT y maternidad ha sido mas bajas de lo que deberian por lo que se ha dado un caso de infracotización, contra el cual por supuesto puedes reclamar contra la empresa y el INSS.
Si puedes contestanos a lo que te pregunto y vemos si podemos centrar mas el tema
Un saludo
02/02/2006 10:49
No ha habido demanda por despido xq yo tenía intención de marcharme de la empresa pero claro quiero que me den las diferencias entre lo que dice el convenio y lo que realmente me daban.
Yo lo que necesito saber es si puedo pedirselo a la empresa?

Muchas gracias.
02/02/2006 15:21
No sé si puedo pedirselo a la empresa?
03/02/2006 14:13
yo creo que si puedes, total quien te niene que pagar a ti es ella.

Pero contra una empresa no sé si se puede ir y ganar...
03/02/2006 15:58
hola de nuevo sofia,por favor no me digas que si eras indefinida en la empresa, te despidieron y no reclamastes por que te querias ir es que se trata de un despido "acordado" para poder acceder al desempleo y te planteas ademas reclamarle a la empresa.
Corramos un tupido velo sobre lo anterior por que si has leido otras intervenciones veras la opinion que tenemos la mayoria sobre esto.
Centrando la consulta y segun he sacado en conclusión por lo que explicas la situación es esta.
1.- Tu trabajabas para la empresa X con la categoria Y, tu convenio colectivo establecia para esa categoria un salario, pero la empresa en lugar de abonarte lo que marca el convenio te ha pagado una cantidad inferior.
En cuanto a esta diferencia en los SALARIOS (entre lo que percibiste y lo que debias haber percibido) no puedes hacer nada, dado que en una demanda en reclamación de cantidades solo puedes reclamar lo dejado de percibir durante el año inmediatamente anterior, y en tu caso este año anterior tu no percibias SALARIO sino UNA PRESTACION de IT primero y por maternidad posteriormente y las prestación a quien compete pagarla es al INSS o a la mutua.

2 Las prestaciónes por IT, maternidad y supongo desempleo ahora, te las abonan en función de unas bases de cotización que al haberte pagado la empresa (y por tanto cotizado) por un importe inferior al que marcaba tu convenio son mas bajas de lo que deberian; y contra esto si puedes reclamar. Es decir que se corrigan esas bases de cotización y se recalcules tus prestaciónes abonandosete las diferencias.
Tienes varias formas de reclamar, una de ellas y relativamente rapida, es que con el convenio colectivo bajo el brazo y copia de contratos y nominas, acudas a la Inspección de Trabajo y pongas una denuncia explicando que te abonaban por debajo de lo que el convenio marcaba para tu categoria, la Inspección con esa documentación citara a la empresa y procedera a revisar las bases de cotización y si efectivamente es como tu dices procedera a levantar un acta en donde reflejaran las bases correctas y requeriran a la empresa para que proceda a la liquidación de las diferencias, quedando en tu base de datos laboral las bases correctas. Con las nuevas bases ya corregidas presentas una reclamación al INSS e Inen para que procedan al recálculo de las prestaciones a la luz de los nuevos cambios.
Al final con toda probabilidad haran responsable a la empresa del pago de estas diferencias por infracotización.
Otra cosa a tener en cuenta es si tu convenio colectivo establece algun tipo de mejora a cargo de la empresa cuando los trabajadores se encuentran en IT (es decir que tienen que abonarles un complemento a cargo exclusivo de la misma) este complemento si no lo cobraste o lo hiciste en cuantia inferior al que deberias segun tu salario por categoria en convenio si prodrias reclamar una parte en una demanda por reclamación de cantidad por que todavia estarias en plazo.
Como ves es un poco lioso tu tema, por lo que por encima de todo la mejor recomendación es que te dirigas a un profesional en materia laboral y sin mas demora.
Saludos y que te vaya bien