Hola:
Mi consulta es la siguiente; si tengo un hermano con el que la relación siempre ha sido malísima y ahora es de inexistente a peor y, nuestro padre ha hecho un testamento en el que nos deja a medias una propiedad inmobiliaria, ¿puedo yo como hijo rechazar esta herencia? es decir, ante la perspectiva de tener que ser el que pague los gastos de dicha propiedad, el que haga todos los papeleos y se responsabilice de los problemas con los vecinos etc...puedo yo coger y decir que rechazo esa herencia y que todo para la otra parte?...¿o el dia de mañana estaré obligado a heredar eso a medias con la otra parte? Muchas gracias por todo.
Hola Markium,Katia tiene razón, podrás renunciar a la herencia en el momento en que fallezca el causante, pero noentiendo el por qué lo harás dejandoselo todo a tu hermano cuando dices que no tenéis buena relación; aunque es una decisión muy respetable.
saludos
Hola:
Antes de nada, agradeceros mucho a las dos vuestra información, me alivia saber que el día de mañana podré optar por rechazar algo que no quiero ni de lejos.
Sé, que lo normal es que si hay pleitos en esto, sea porque una de las partes quiere más herencia o que la quiere toda, pero, en mi caso, prefiero seguir siendo un currante con lo justo para llegar a fin de mes, pero feliz y tranquilo, alejado de una persona que no me ha hecho más que daño en esta vida, que tener un beneficio económico a costa de tener que tratar con la susodicha y revivir asi malos recuerdos...
De nuevo, muchas gracias a las dos y felices fiestas, un saludo.
Markium, debes de tener en cuenta que llegado el fallecimiento de tu padre, al renunciar a la herencia está haciendo una donación en favor de tu hermano y si resides fuera de la Comunidad de Madrid, dicha donación (renuncia) está sujeta al pago de impuestos.