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Recargo de prestaciones

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Recargo de prestaciones
07/11/2006 10:45
Foristas, aquí va una pregunta para para subir nota:

El artículo 123.1 de la LGSS, relativo al Recargo de las prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional, establece lo siguiente:

"1. Todas las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30 a un 50%, cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador."

Pero, ¿el recargo de prestaciones se aplica sobre todas las prestaciones a la Seguridad Social que sufra el trabajador como consecuencia del accidente?, o...¿hay alguna excepción?

Salut.