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Recaida tras agotar plazo máximo I.T con denegación de la I.P

57 Comentarios
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20/12/2008 13:03
Hola,

Yo tengo algunas dudas acerca del art. 128.1 de la LGSS.

Cuando dice que sólo se podrá generar un nuevo procedimiento de IT por idénticia o similar patología una vez declarada el alta médica por agotamiento de una previa IT a los 12 meses (si no se ha reconocido prórroga) o 18 meses (si se ha reconocido) cuando haya transcurrido 6 meses de actividad laboral o cuando el INSS así lo estime a los exclusivos efectos económicos, ¿Cómo es el procedimiento cuando no han transcurrido los 6 meses?

Según he entendido de lo que he leido por aquí, el proceso es el siguiente (corregidme por favor si me equivoco):

1) El único que puede emitir y emite el parte médico de baja es el médico de cabecera del Servicio Público de Salud. Si ve que se trata de idéntica o similar patología y no han pasado los 6 meses puede que no te emita el parte porque directamente te diga que el INSS no lo va a reconocer. También puede ser que lo emita avisándote de que el INSS más que probablemente lo deniegue posteriormente.

2) Una vez emitido el parte médico de baja dentro de los 6 meses, el INSS los revisa todos, ya sea por idéntica o similar patología o se trate de una nueva dolencia totalmente distinta a la anterior (por lo que se ha comentado anteriormente en este mismo hilo). Por tanto, el INSS te cita y te revisa, ya tengas la misma dolencia que antes o no. Si la dolencia o patología no es la misma supongo que aceptará el nuevo proceso de IT y el cómputo del mismo empezará de 0. Si observa que la patología es la misma o similar, lo más seguro es que reconozca un proceso de IT pero sin efectos económicos.
¿Este nuevo proceso de IT sin efectos económicos también empieza a computar en cuanto a su duración desde 0 y puede llegar hasta los 12 meses? ¿En este caso puede el INSS o el interesado formular propuesta de incapacidad permanente?

También creo que el INSS, en caso de similar o idéntica patología, las posibles resoluciones que puede dar, además de la IT sin efectos económicos, sería la IT con efectos económicos (aunque supongo que esto es prácticamente imposible si no han pasado 6 meses de actividad laboral pero al menos el art. 128.1 de LGSS recoge la posibilidad) o declarar la IT nula de pleno derecho.
¿Qué significa esto? ¿Es lo mismo que declarar que no se tiene derecho a un nuevo proceso de IT aunque sea sin efectos económicos? He leido que afecta a las cotizaciones ¿En qué sentido?

Por otra parte, Rebian, en unos de tus posts del 6/12/2008 te preguntas qué sucedería si te dan un IP total revisable a los 3 meses y te la quitan después de la revisión, teniendo que trabajar de nuevo y, sin haber pasado 6 meses, recaes de nuevo. Dices que como no han pasado 6 meses de trabajo desde el alta de la IP total no te concederían la baja ¿Entra una IP dentro de lo que es el tema de los 6 meses en las recaidas? Entiendo que hablamos de la misma patología pero pensaba que lo de los 6 meses entre el alta anterior y la recaida sólo afectaba a IT's por lo que si no han pasado 6 meses de actividad laboral y recaes me pregunto si aquí te darían la baja de IT (con prestación económica) cuando vienes de un alta de IP, no de IT.

Y por último, en el mismo post dices que tampoco podrías presentar un nuevo expediente por no haber trabajado 6 meses desde el alta anterior. No he encontrado en ningún sitio que para presentar un expediente de IP se aplique lo de los 6 meses de las recaidas en el caso de que el expediente se presente por la misma patología. ¿Está recogido en algún sitio? O simplemente el razonamiento es que para presentar un expediente de IP previamente has de estar de IT y en este caso como la IT sería por la misma patología no te la darían hasta que no hubieran pasado 6 meses?

Muchas gracias. Saludos.
14/12/2008 07:50
Elbute te recomiendo inicies con la mayor premura una Reclamación Previa contra la denegación de la incapacidad pte. del INSS, aporta cuanta información clínica tengas y no estaría de mas, adjuntar algún que otro informe actualizado, dirigete a tu especialista e intenta que informe resumidamente del alcance de tu patología. Asesorate de un abogado laboralista o graduado social para ello. Saludos.
13/12/2008 20:40
Hola. Yo, después de los 18 meses de baja y haber pasado por el tribunal médico y habiéndomelo denegado no me puedo dar de baja por la misma patología pasados los 6 meses estos. Me dan un folleto para reclamar, en el que me ponen:
Baja por recaída.¿Qué recaída? Si yo no me he mejorado en absoluto, si lo que tengo es degenerativo. Me dicen en la S.S. que reclame en este folleto, pero que si me lo aceptan no tendría derecho a cobrar ni por la S.S. ni por mi empresa. Y no puedo darme de baja por otra patología, porque tengo casi de todo: asma crónico, discopatias varias, depresión ansioso-reactivo, artrosis en brazos, etc...etc. Así que me tuve que incorporar a trabajar y cuando llevo una hora de pie me empiezan a hincharseme las rodillas, luego pasa a la cintura y luego al costado y me quedo casi sin respirar y con productos tóxicos me quedo doblado, teniéndome que esconder y sentarme por ahí para que no me pillen o saliéndome al patio a tomar aire. Porque encima me han puesto en donde resulta que me dice el informe de síntesis del tribunal médico que no puedo coger peso moderado, ni estar en productos químicos. Y mira por donde la empresa dice que no sabe nada de mi enfermedad, cuando su mutua (FREMAP) sabe todo lo que me pasa, ya que me han tenido controlado. ¿recaída? cada vez voy a peor y con aumentos de todos los medicamentos para el asma, para la depresión, para la artrosis y para las hernías. Y no puedo dejar de trabajar por que tengo que tener un techo donde dormir y ademas pagar pensión alimenticia de mi hijo. O sea, que estoy hecho un cristo. Perdon por estenderme en el escrito.
06/12/2008 11:49
Decir que en la hoja de reclamacion previa pone:

"solicito al INSS que me conceda.." con lo que en este sentido si puedo entender que si estiman procedente y justificada esa reclamacion podrian concederme la ip sin necesidad de ir a la justicia......(repito que no me interesa una ip total)

Saludos y perdonad por tanto lio pero es que al menos desde mi sutuacion lo veo como una gran gran gran lio con mil puertas y pasillos que no se bien donde me meto y que me encontrare al abrirla...
06/12/2008 11:46
Pues esa es la duda que tengo ahora, si con una reclamacion previa te pueden conceder lo que pides directamente o si por el contrario solo es una via para abri la puerta de poder reclamar a la justicia.


Aunque ahora que lo pienso, el ICAM tambien podria decidir, al ver que me tengo que operar de nuevo y que aporto un informe tecnico en el cual queda demostrado que no puedo realizar mi trabajo de forma normal, el no concederme una IP y dejar que me den la baja de forma normal por la nueva IQ con lo que no tendria que meterme en un proceso de IP total que no quiero ni me interesa ni economicamente, pues con mi base de 1180 euros euros me darian una miseria, ni mentalmente, pues no me veo tan joven cobrando solo una pension tan ridicula y sin tener otro trabajo que se adapte a mi situacion con lo dificil que seria encontrar uno tal y como esta la cosa actualmente, pues presentate en una empresa y pedir que te de un puesto que no tengas que estar todo el dia de pie o andar mucho no se yo......


En fin, seguimos con la odisea....
06/12/2008 11:32
Pues he reclamado y dentro de plazo. Lo malo es que creo que he hecho mal pues he pedido que se revise el expediente nuevamente con los documentos que he aportado (informe del tecnico de prevencion sobre el trabajo que realizo y el ultimo informe médico del especialista en el que dice que me tengo que operar) ademas he pedido una demora de it por consejo del INSS, aunque no le veo mucho sentido pues en enero cumplo 24 meses con lo que esta demora no me serviría de nada, pero ahora no se que harán, si me dan una IP total revisable o lo que sea...


La duda que tengo es si hubiera sido mejor no reclamar y hacerlo una vez me operen la segunda vez y luego iniciar otro expediente de incapacidad porque ahora si me dan una ip total revisable estarçia cobrando el 55 por ciento en lugar del 75 que cobraria estando de baja, pero claro esto suponiendo que me concedieran los efectos economicos.


Imaginaos que ahora me dan una IP total revisable y dentro de 3 meses al estar recuperado me la quitan y vuelvo a trabajar, y una vez trabajando tengo una nueva recaida......¿que situacion me encontratia entonces?......

......pues no podria causar otra baja ya que seria de nuevo por la misma patologia porque no habrian transcurrido los 6 meses de trabajo ya que con la ip total no se trabaja y tampoco podria presenta un nuevo expediente de incapacidad porque para eso tendria que estar como poco otros 6 meses de baja, cosa que es imposible porque el ICAM me habria quitado la IP total por considerar que estoy mejor y quien es el guapo que se da de baja por lo mismo despues de eso.

Porque hay que considerar que se puede dar el caso, como me ha pasado a mi, que te encuentres lo suficientemente mal para no poder trabajar pero no lo suficientemente mal como para tener una IP mas alla de 2 años.

Y otra cosa, si estoy de baja antes de que la reclamacion les llegue a ellos y me ponen una IP total que pasaria entonces?...porque estaria de baja hipoteticamente cobrando el 75 por ciento y la ip son el 55....me quitarian la baja y pasaria a cobrar la ip o me dejarian continuar con la baja?


Casi que prefiero que, como se dice, no le hagan ni caso a la reclamacion previa y la tiren a la papelera o no se si irme el martes al INSS a ver si estoy a tiempo de retirar los papeles....

Pero no se si con la reclamacion previa te pueden conceder algo o no, por el nombre que tiene ese procese me imagino que es solo una via para poder iniciar una reclamcion ante la justicia, pero que aun condiderando procedente y fundada esta reclamacion no me podrian dar una IP a menos que yo acudiera a la justicia. Es asi o me equivoco?

Saludos.


05/12/2008 12:33
Hola ,Rebian, Lo de cobrar des de que lo solicitas, es si ganaras el juicio, y estubieras de baja sin cobrar,

El tema de las reclamaciones creo que si no las realizas dentro de los plazos que te suelen poner en las comunicaciones,creo que son 30 dias despues no lo podras reclamar,

O podras reclamarlo pero no lo admitiran ASEGURATE BIEN

Saludos
05/12/2008 07:11
demir, si llevas 6 meses en IT, el INSS no puede expedir el alta directa, en todo caso, podría emitir una INTENCIÓN DE ALTA, que para que se haga efectiva hay que contar con la Inspección Médica de tu Serv. Publico de Salud, si quieres saber en que consiste mira el R.D. 1117/98. Saludos. Tambien en vez de intención de alta, podría remitir a dicha Insp. Médica del SPS, una Propuesta de Alta, pero en ningún caso darte el alta directamente, pq esa competencia la tiene el INSS a partir del año de la baja (art. 128.1 de la LGSS). Saludos.
04/12/2008 19:05
Hola, un saludo a todos los foreros, he leído vuestros casos y me siento identificado con vosotros y con vuestras inquietudes.
y paso a narraros mi caso, para ver si me podéis alguno ayudar sobre mi dudas e inquietudes, respecto a mi problema.
A mi me han mandado una carta del I.N.S.S para citarme para una revisión, para el seguimiento de mi caso, según dice en la notificación que me han mandado. yo llevo 6 meses desde que cogi la baja con mi enfermedad.
Mi pregunta es la siguiente, ya que desconozco como funcionan los reconocimientos médicos que hacen el I.N.S.S y temiéndome que se basen solo en tema económico mas que en el medico, si paso por este reconocimiento, en el caso hipotético o supuesto que me dieran el alta o me dijeran que estoy acto para trabajar y tuviera que reincorporarme a mi trabajo, tiene que pasar 6 meses?, si yo recayera o no pudiera ni siquiera llegar a incorporarme a trabajar, como es el caso del famoso E.V.I por agotamiento de los 18 meses.
Espero que alguno me pueda ayudar y me sepa aconsejar y responderme a mi pregunta.
Quisiera mandar un saludo para todos vosotros y daros las gracias de antemano!.
04/12/2008 16:32
Pues nada, me han dicho que para este tema hay que seguir las vias burocraticas habituales, que tendría que darme la baja mi medico de cabecera y luego esperar si el ICAM concede o no los efectos economicos.

Decir que ni este medico del ICAM sabía bien como funciona el tema...os podeis hacer una idea de la cara que se me ha quedado. Me ha dicho que sabía algo parecido a que hay una ley que prohibe causar una baja por la misma patología si no han transcurrido 6 meses.......que estas leyes cambian mucho etc.....Yo esperaba encontrar respuestas y nada, todo confusión.


Fijaos que incluso a mi que me tienen que operar me han dicho que por regla general esta baja debería de cogerla el dia antes de la operación!!....con que haceros una idea como está el tema........imaginaos que tuviera por ejemplo un dolor de espalda o algo parecido....si es con una efermedad palpable como lo es una IQ y ya son reticentes.....


Ya seguiremos esta maratón de disgustos e injusticia. Que parece que somos ladrones que estamos fuera de la ley buscando timar.....yo me siento en el limbo de la legalidad practicamente. Lo harán supongo porque habrá gente que querra aprovecharse de disfrutar bajas fraudlentamente pero amigos míos ¿y los casos en los que realmente se ha cometido un error que pasa con ellos? tenemos que esperar 45 días para reclamar y cruzar los dedos mientras estamos imposibilitados para trabajar y encima con la incertidumbre si nos pagaran, meterse en un proceso de IQ sin saber si vas a cobrar o no es algo muy duro, todo esto contando que puedas llegar al día de la IQ conservando el puesto de trabajo pues las empresas no son ONG y evidentemente te van a exigir que te ganes el jornal.


Saludos.


01/12/2008 20:10
Pues yo estoy tratando de evitar esa "sorpresa" de esperar 2 meses y que no te concedan los efectos economicos, esta semana tengo cita con el EVI a ver que me explican de mi situación y ya contaré.

Yo como digo tengo un lio de ordago pues a mi me han dicho que si me dan la baja combrando pues una IQ es diferente patología, pero me puedo encontrar en el caso de que si presento reclamación previa y me la acepta y en ese mismo momento ya me encuetro de baja por IQ......me juntaría con 2 bajas firmes sumultaneas! ¿que haria me darían a elegir cual me gusta mas? jajaj
01/12/2008 00:42
Entonces, respecto de las bajas dentro de los 6 meses, quedamos en lo siguiente:

1) Se puede expedir una nueva baja, ya sea por igual o similar patología que la anterior o no. Quien expide esa baja será el médico de cabecera (no contemplo la mútua).

2) Como el médico de cabecera puede emitir una nueva baja, dentro de esos 6 meses, sea cual sea la patología (ya sea la misma o no que la anterior) el EVI del INSS va a analizar cualquiera de esas bajas a los efectos de afirmar o no si tiene efectos económicos.

3) Sólo aquellas bajas que no sean por igual o similar patología que la anterior tendrán efectos económicos.

El problema es el que dice Rebian: el médico de cabecera te da una baja pero te envía al especialista para que la corrobore o no. El especialista te analiza y dice que no hay para tanto. A la vez, como el de cabecera ya ha expedido el parte, tienes que visitar al EVI del INSS el cual, con el informe del especialista, te denegará los efectos económicos. Y todo ello habiendo pasado 2 meses desde la baja.

Saludos.
30/11/2008 22:49
Es que una propuesta por parte de la mutua para una IP sin tener lesiones definitivas y faltando el informe donde decía que tenia que volver a operarme tiene coj****


Por eso digo que la mutua ya me ha pedido el expediente de incapacidad a sabiendas premeditadamente que me lo iban a denegar y así me dejarían en la situación que estoy ahora sin poder coger otra baja y sin pagarme ellos.....


¿podría reclamar a la mutua por esto?
pero claro el expediente lo he firmado yo pero yo pensaba que procedía del INSS y no de la mutua....
Porque evidentemente que la mutua me inicie un expediente de IP sin tener lesiones definitivas me ha perjudicado mucho.....


Saludos.
30/11/2008 22:45
Gracias jantonio por la informacion, pero tengo la duda si la reclamación se demora por ejemplo 2 meses y si como dices luego cobraría a partir de la fecha de presentar la reclamación......¿entonces me lo descontaran de lo que haya cobrado de la empresa o de la bajas segun fuese??


porque claro ahora estando de baja o trabajando gano mas que no el 55% que me daría por la IP total.



Pues sigo sin decidirme a reclamar ahora o esperar a que me operen y juntarlo todo después, porque si ahora como dicen me dan la baja cobrando y todo no se yo que hacer...

Lo malo es que me engañen (o se confundan porque hay tantas partes y tantos funcionarios y cada uno dice una cosa) y luego no cobre, pero vamos la medica de salud laboral me aseguro que la baja me la daría 1 dia antes de la operación y que tendría efectos economicos....


Lo malo es que no se todavía que hacer los dias que falten hasta que llegue la operacion....ahora estoy de vacaciones (me han dado 19 días y mañana probablmente me den otros 11) y voy a tratar de ponerme en contaco con el ICAM a ver que me dicen pues lo mio es claramente un error. Practicamente al mismo tiempo me han dado el alta por un lado y por otro me dicen que me operan.


La que me propuso la IP fue la mutua y en el INSS me han dicho que si en lugar de proponerla la mutua lo hubiera hecho el ICAM me hubieran concedido una demora de it o algo parecido hasta los 24 meses (osea serían 18 meses mas 6 mas) pero claro la mutua como paga me ha jodido vivo como se dice vulgarmente.


Que por cierto, la mutua me pidió que yo mismo cogiera el alta por agotamiento de IT y así lo hice, pero tambien me han dicho que yo no tenía que haber cogido el alta que ese proceso se inicia de oficio, yo debería haberme quedado en mi casa y no pedir nada y esperar que me lleguen cartas a mi casa informandome y no como lo hice yo que me lo pidieron por telefono.

En fin esto es un lio de nunca acabar...

28/11/2008 10:20
problemas con el INSS

que me vais a contar, yo estoy realmente desesperada, soy nueva en esto, jamás he estado de baja,ni sé ni entiendo la mitad de las cosas, ahora llevo 4 meses de IT por contigencia común , y la empresa me ha plantado el finiquito de extinción de contrato porque ya me cumple el periodo establecido por el que me contrataron.

Aún sigo de baja por IT pues no estoy bien, llevo tres meses y pico, casi 4 de baja y ahora me encuentro despedida y enferma
me dicen que solicite el pago directo que es lo que se hace en estos casos

voy al INSS a informarme y ahí ha comenzado todo un calvario para mí

plazos, certicados, viajes, focotopias, turnos, esperas
esta presión no hay quién la soporte

- el INSS dice que pida a la empresa documentación
- la empresa que no me da nada por extición de contrato, ya no están obligados ni a verme según ellos
- mi médico de cabecera que no me altere
- constantemente venga pasar inspecciones de salud para ver si es cierto o no que estoy enferma

y ya no puedo más, esto es un calvario, así jamás me pondré buena

deberían de dar un manual detallado punto por punto con todas estas cosas al comenzar a trabajar en una empresa, os aseguro que la mitad de los trabajadores no somos conscientes de nuestros derechos ni de las leyes, subvenciones o prestaciones que nos amparan o a las que podemos acogernos en tal o cuál caso

luego cuando te ves inmersa en la situación, sin fuerzas, tienes que sacar salud de dónde no hay e intentar pelear por solventarlas como buenamente puedas
27/11/2008 20:03
Si haces ,la reclamacion,creo que si en 45 dias no contestan tendrias que presentar la reclamacion por el judgado de lo social,

Ya se que se hace la espera larga y dura, pero no tecomas la cabeza ,aun que ahi para todo

Si llegas al judgado de lo social,y ganaras el juicio, se cobra desde la fecha que pones la reclamacion

Y mucho animo que la operacion seguro que tesale bien

UN SALUDO
27/11/2008 18:05
He pensado si la situacion se pone fea coger una baja por lo que sea y que no me la pagen me da igual, pero claro todo depende de cuando me operen, si falta un mes o 2 podría soportarlo sin cobrar, pero si me dicen de operarme para abril seria inviable.

Lo digo porque por lo menos no perdería el trabajo, no cobraria, pero no perderia el trabajo y en cuanto me operen pues ya volveria a cobrar....
27/11/2008 18:01
Tambien comentar que se puede coger una baja por otro motivo y cobrarla, pero evidentemente te la tiene que dar el médico y ha de estar totalmente justificada pues si te dan de baja como habeis comentado antes por ansiedad y luego el especialista os dice que no es para tanto el INSS no os concederá los efectos economicos.

Y lo grabe es que a lo mejor llevas 2 meses de baja y te enteras que no te conceden los efectos economicos como ya habeis contado,, vaya situación, 2 meses esperando cobrar y de golpe te enteras que NO te pagan.....y el alquiler y la comida se pagan solos pensará esta gente....


Saludos.
27/11/2008 17:55
Por cierto jantonio reclama a la empresa dias de vacaciones aunque sea por probar, yo lo he hecho y lo hice el año pasado y me han dado de momento 14 días y medio y creo que me darán otros 15,5 el lunes.

Por pedir que no quede, tambien he pedido a la empresa y a la mutua los días que van desde la denegación de ip hasta la reincorporación efectiva a mi puesto de trabajo que eran unos 18 y de momento la mutua me ha pagado la mitad, osea me ha completado el mes de octubre y me ha dicho que probablemente para diciembre cobre el resto que faltan que serían otros 11 días que corresponde a noviembre. Así que pedir que quizá algunas mutuas contra todo pronostico paguen al trabajador esos días muertos que nos quedan.
27/11/2008 17:50
Pues entonces vaya tela, 6 meses contados a partir de tener el alta real.......

En el ICASS me ha dicho como ya apuntabais que cualquier baja sea lo que sea pasa antes por el instituo de evaluación y que si es por la misma patología no se cobra. En mi caso como es una operación parece ser que se toma como diferente y cobraré,, PERO, esta baja se ha de coger justo un día antes de la operación!!


Entonces no se que voy a hacer, nadie sabe de este tema, voy al ICASS y tienen que llamar por telefono a varios sitios porque no encuentran respuesta, mi medico de cabecera igual, en el sindicato lo mismo........


Mi problema es que la baja me la van a dar dentro de los 6 meses pues la IQ en teoría se me hará pronto. Me han dicho que cobraré pero ahora no me queda claro entonces, poniendome en el peor de los casos que quede igual o peor de salud que estoy, que opciones se me plantearían.....

Si despues de operarme me dan el alta, obviamente no puedo tener recaida ya que no habría cumplido los 6 meses de actividad laboral y la baja que me van a dar es expresa para una IQ.....