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recaida tras agotamiento 18 meses y denegacion ip

17 Comentarios
 
Recaida tras agotamiento 18 meses y denegacion ip
16/12/2008 12:54
mi situacion es la siguiente: trabajo en la Comunidad de Madrid. Estoy de baja por ansiedad-depresión por situación relacionada con conflicto laboral. Cuento con informes psiquiátricos y del propio Servicio de Prevención de la CAM que apoyan mi traslado. La CAM no tiene previsto trasladarme, lo que se ha denunciado judicialmente, pero el juicio no será hasta mayo 2009. Agotados los 18 meses de baja, paso tribunal médico y deniegan la ip, dándome de alta. No recurro, pues puedo trabajar PERO NO EN MI ACTUAL PUESTO. Actualmente me encuentro de vacaciones, pero próximamente tendré que incorporarme, Y NO PUEDO. ¿Qué puedo hacer? ¿Pueden darme otra baja por similar patología? (lo de "recaída" no lo entiendo: yo nunca me he recuperado) ¿Se cobra esa baja? ¿A quién pedirla: al médico de cabecera, al Inspector del Servicio Público de Salud, al INSS?
Gracias
16/12/2008 18:20
plataforma lee lo que indica el art. 131 bis de la Ley General de la Seguridad Social:En el supuesto de que el derecho al subsidio se extinga por el transcurso del plazo máximo establecido en el apartado a del número 1 del artículo 128 y el trabajador hubiese sido dado de alta médica sin declaración de incapacidad permanente, sólo podrá generarse un nuevo proceso de incapacidad temporal por la misma o similar patología si media un período de actividad laboral superior a seis meses o si el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica incapacidad temporal.
Al no emitir dicha baja el INSS, esta delega en el facultativo del Serv. Publico de Salud, la baja te la daría tu médico de cabecera, siempre y cuando, bajo su criterio considere que presentas patología que te incapacita temporalmente para realizar tu trabajo habitual. El INSS la revisa, y resuelve si tiene efectos económicos o nó. Si como dices, todavia no has mejorado de tu enfermedad, el INSS resolverá IT SIN EFECTOS ECONOMICOS o inclusive a veces IT NULA DE PLENO DERECHO, no reconociendo dicha baja ni a efectos de pago ni de descuentos de cotización.
Por lo que leo tu problema es mas bien LABORAL y deberías solventarlo con tu empresa, no obstante este problema laboral esta desencadenando en enfermedad (ansiedad) y si encima has agotado el plazo máximo de la IT con denegación de IP, pues actualmente te encuentras en un callejón sin salida, a no ser, que arregles ese cambio de puesto de trabajo (mira si dice algo el convenio etc..) o esperar sin mas remedio a esa sentencia que según predices, recaerá sobre mayo del 2009. Saludos.
16/12/2008 18:22
Al decir que todavia no has mejorado de tu enfermedad, me refiero, a que se trataría de la misma patología y el INSS resolvera....IT SIN EFECTOS ECONOMICOS...etc....
16/12/2008 19:24
Dracokan buenas tardes, perdona que te pregunte y aprovechando tu amabilidad, yo he pasado hace 2 semanas aproximadamente por el Tribunal mèdico otra vez(me habian demorado la calificacion de Invalidez), por estar en tratamiento, nueva intervenciòn, etc... mi pregunta es (llevo 25 meses de I.T., he pasado el tope que son actualmente 24), me operaron a mediados de octubre del pie otra vez (4 operaciòn), logicamente estoy en fase de recuperaciòn, no he empezado todavia ni la rehabiliacion, ¿que pueden hacer esta gente ahora conmigo?, pues yo continuo estando cojo(y con dolores)de momento, bueno llevo asì 3 años y con muletas. Mi profesion es Adtvo, pero tengo que deambular para poder moverme y hacer gestiones en la calle, y mismamente en el trabajo. Un saludo.
17/12/2008 07:10
Quini, en aquellos casos en los que, continuando la necesidad de tratamiento médico por la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador, con vistas a su reincorporación laboral, la situación clínica del interesado hiciera aconsejable demorar la citada calificación, ésta podrá retrasarse por el período preciso, que en ningún caso podrá rebasar los veinticuatro meses siguientes a la fecha en que se haya iniciado la incapacidad temporal.
Asi que el INSS (EVI) tiene que resolver declarandote algún grado de incapacidad permanente (lo mas lógico en tu caso sería una IPTotal para tu profesión habitual revisable). Durante dos años tendrás reserva de tu puesto de trabajo en tu empresa, transcurrido éste, si continuas con la invalidez, entonces causarás baja definitiva en tu empresa. Y tras los dos años de incapacidad pte. si tras revisión del INSS (EVI) determinan que existe mejoría o curación de tu patología, entonces te denegarán la IPTotal que tenias concedida, y a partir de ahi, tendrías que ir al desempleo (cuentas con 15 dias para iniciar trámites). Saludos.
17/12/2008 19:39
muchas gracias Dracokang y a todos, de antemano por todo, el informe evi ya està emitido, y hoy creo(casi con seguridad) que ya habràn decidido el E.V.I. si sale con Barba (San Josè) y si no la Virgen Maria, ya te tendrè al tanto de la resoluciòn. Muchisimas Gracias y Si la cosa sale mal, habrà que disparar por ahi a alguien(tèrmino metafòrico). Feliz Navidad si no escribo antes.
Un abrazo.
18/12/2008 14:17
Dracokan, buenas tardes, bueno aunque no es oficial, ya me han dicho por tfno que "la rata està en la madriguera", bueno que està concedida una I.P.T, no se cuando me revisaràn ni nada pero que està concedida,"extraoficialmnte", bueno puès os tendrè informado. ( 1 pregunta), 1º¿Vale para deducciòn por Minusvalia a efectos de la Renta? y para alguna historia màs aparte de las medicinas que creo que son gratuitas?
Muchas gracias. Un saludo
19/12/2008 13:09
Gracias, Dragocan.
Una pregunta más: El Servicio Público de Salud (Inspector) ha autorizado una nueva baja por "recaída", bajo la advertencia de que, como tu comentaste, fuese "sin efectos económicos", y que el que sea o no así lo decide el INSS. ¿De qué depende tal decisión? ¿Sabes cuánto tardan en decidirlo? ¿Mientras tanto me paga alguien? Mi situación es delicada, pues de mis ingresos depende mi familia e hijos. Y en el caso de que se pronunciasen diciendo que es "sin efectos económicos", ¿es recurrible esa decisión?. Me ncuentro en un agujero sin salida....
Gracias de antemano.
21/12/2008 07:56
plataforma entiendo que la decisión del INSS de resolver la IT con efectos económicos o sin efectos económicos, depende de la patología que motive dicha incapacidad temporal, ya que si el INSS estima que se trata de similar o igual que la anterior, que trajo consigo el Alta Médica, entonces resolverán IT SIN EFECTOS ECONÓMICOS y traerá consigo que nadie pague esa baja, por supuesto es recurrible, pero mientras deberías incorporarte a tu puesto de trabajo pq estar en esa situación sería perjudicial para ti, al no cobrar prestaciones económicas alguna. Saludos.
21/12/2008 09:55
Quini. Sí vale a efectos de deducción, ya que se considera que tienes una discapacidad de al menos el 33%
18/01/2009 18:22
hola,,en el caso de obtener una invalidez permanente total,con revision a los dos años,y me den apto para el trabajo,quisiera saber si ese periodo de tiempo que la empresa me tiene que guardar el puesto, me consta como cotizado y de ser asi ,me aplican los coeficientes reductores que me corresponden por ser del regimen del mar
19/01/2009 07:11
cheroky ese período de tiempo de dos años que marca la ley de tiempo que la empresa reserva tu puesto de trabajo NO ES PERÍODO COTIZADO. Saludos
19/01/2009 08:28
gracias ,dragocan,me lo temia,tengo 54 años y mi jubilacion real es a los 58 y eso va en perjucio de mi jubilacion,pues aparte de perder los coeficientes reductores,tambien pierdo base de cotizacion y el 4% de pension ya que no llego a los 35 años cotizados
Otra pregunta,si existe la posibilidad que yo cotize durante ese tiempo mediante convenio especial con la seguridad social,pues se que es como un gasto deducible,si te lo comento es por que creo haber leido en el foro.que cuando pasados los 12 meses de IT,te dan el alta medica con propuesta de invalidez,el tiempo que transcurre hasta que te den resolucion,la empresa no tiene obligacion de cotizar y una solucion es la que te comentaba que es pagar uno las cotizaciones
un saludo





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19/01/2009 09:48
José Antonio Ramos Mesonero

ABOGADOS



Muy Sr. Mío:



Por medio de la presente nos ponemos en contacto con usted con relación a la consulta realizada.



Mientras se percibe una incapacidad permanente, se está cotizando.



Quedamos a su entera disposición para comentar personalmente este asunto. Llevamos temas en toda España.



Le recordamos que a todos nuestros clientes, como lo es ya usted, puede consultarnos cualquier duda jurídica de forma gratuita.



Dragocan,esta es la respuesta que me dieron sobre la cotizacion Consulta: hola,,en el caso de obtener una invalidez permanente total,con revision a los dos años,y me den apto para el trabajo,quisiera saber si ese periodo de tiempo me consta como cotizado y de ser asi me aplican los coeficientes reductores que me corresponden por ser del regimen del mar

19/01/2009 19:36
cheroky, me he quedado anonadado al leer lo puesto por ti.....me refiero a esa frase "mientras se percibe una incapacidad permanente, se está cotizando".......uffffffff que pasada....podrías preguntar quien se hace cargo de esas cotizaciones?....pq la empresa te aseguro que NO.
En lo que respecta a llegar a los 12 meses de IT, y te dan Propuesta de Incapacidad, el período de espera a que se resuelva el expte. es COTIZADO por la empresa. Otra cosa sería si agotas el plazo máximo de la IT (18 meses) pq en ese momento cesa la obligación de cotizar por parte de la empresa. Saludos.
19/01/2009 19:51
dragocam,la pregunta esta hecha en la web del abogado jose antonio ramos mesonero,gratuita,y puedes ver lo que les consulte y la respuesta es esa,salvo que se equivoquen pensando que es en la fase de IT,pero la consulta es muy clara
Otra cosa ,no existe posibilidad que me haga cargo de las cotizaciones durante ese periodo de invalidez total revisable a los 2 años
Te tendre informado sobre lo que me contestan que quien se hace cargo de esas cotizaciones
un saludo
20/01/2009 07:23
cheroky he leido nuevamente tu msn, y creo que hemos interpretado mal la respuesta de ese abogado, pq si lees bien, es como si el te contestara diciendo tu pregunta, pero no dando respuesta a ella, sino quedando a la espera de comentar ese asunto contigo.........
Para poder cotizar en esos dos años, tendrías que darte de alta en una nueva actividad laboral, que no agraven las dolencias por las que te concedieron la IPT, para no perder la prestación. Saludos.
18/03/2023 07:52
Hola he estado de baja durante 4 mes por mi medico de cabecera. La mutua ha solicitado la alta y mi medico ha mandado el informe de la mutua a icam. Acabo de recibir una carta de alta sin consultacion de icam. Mi pregunta es si puedo volver ha pedir la baja dentro de 2 dias y si tengo derecho a una prestacion