Hola Loyi. El hecho de que el Arrendatario de un local de negocio arriende a su vez parte del local a otro se denomina SUBARRIENDO. Esta figura está regulada por la LAU 1994 y, supletoriamente, por el Código Civil.
En cuanto a sus preguntas le aconsejo que acuda al Ayuntamiento de su ciudad para ver si la misma licencia puede servir para ambos titulares(arrendatario y Subarrendatario),aunque creo que la respuesta que le darán será negativa.
Hola: Un local alquilado, se realquila a un tercero. El arrendatario tiene Licencia de Actividad. El tercero pretende la misma actividad. ¿Sirve la Licencia para el tercero?... ¿Protocolo a seguir, en su caso?... Gracias.