hola soy una ciudadana marroqui que vive en españa tengo la residencia de larga duración necesito reagrupar a mi madre que tiene 55 años que se necesita para hacerlo?
hola wiaaame, mira primero tienes que pedir cita en la oficina de extranjeria que esta mas cerca a tu domicilio, y luego reunir los papeles que te piden que son pasaporte y copia tuyo y suyo, contrato de alquiler de un piso o si esta en tu propiedad lo que lo pruebe, minimo teniendolo durante 3 meses, nominas, cartilla del banco declaracion vida laboral, formulario que lo descargas por internet, y un informe expedido por el ayuntamiento que reunes los requisitos de tener una buena vivienda,y empadronamiento, ah y luego depositas todo esto en la oficina el dia de la cita y a esperar, ahora se estan tardando 7 meses por ahi para dar la resolucion, y luego con esta resolucion seria mandarsela a tu marido, y ahi el reune los requisitos que le piden ahi, pero depende del consulado es que ahi si que es un lio , te deseo suerte, y que te he sirvido de ayuda.
El nuevo reglamento de extranjeria en vigor desde el 30 de junio a cambiado mucho la figura de reagrupacion familair para ascendientes,
Voy a enumerar los requsitos que segun hoja informativa numero 12 con fecha junio 2011 de la secretaria de inmigracion se necesitan para reagrupar a los ascendientes:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
1.
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–02) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el reagrupante. Dicho impreso puede obtenerse en http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/
2.
Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupante. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la solicitud.
3.
Copia compulsada de la documentación que acredite que cuenta con empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Para ello podrá presentar:
En caso de realizar actividad lucrativa por cuenta ajena:
1.
Copia del contrato de trabajo
2.
En su caso, última declaración del IRPF.
En caso de realizar actividad lucrativa por cuenta propia:
1.
Acreditación de la actividad que desarrolla
2.
En su caso, última declaración del IRPF.
En caso de no realizar ninguna actividad lucrativa en España: cheques certificados, cheques de viaje o cartas de pago o tarjetas de crédito, acompañadas de una certificación bancaria de la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o certificación bancaria.
4.
Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada. Para ello deberá adjuntar informe expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del reagrupante. El informe podrá ser emitido por la Corporación Local cuando así se haya establecido por la Comunidad Autónoma
Se podrá justificar este requisito por cualquier medio de prueba admitido en Derecho en el caso de que Comunidad Autónoma o la Corporación local no haya emitido y notificado el informe en el plazo de treinta días desde la fecha de la solicitud.
En este caso, la documentación que se aporte deberá hacer referencia a: título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento. También se deberá aportar copia de la solicitud de informe a la Comunidad Autónoma o Corporación local.
5.
Copia del pasaporte completo y en vigor o del título de viaje del reagrupado.
6.
Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco o existencia de la unión de hecho o de la representación, y además:
En el supuesto de reagrupar a ascendientes,
1.
Documentación acreditativa de que el reagrupante durante el último año de residencia en España ha transferido fondos o soportado gastos del ascendiente.
2.
Documentación acreditativa de las razones que justifican la necesidad de autorizar la residencia en España.
3.
En su caso, documentación que acredite que concurren razones humanitarias que justifiquen la autorización.
7.
Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
Mi recomenadacion en este caso en especial seria la asesoria de un abogado .