Extranjería no tiene límite, pues sabe que es requisito necesario que el familiar que vaya a ser reagrupado, debe solicitar previamente la residencia temporal, y está debe ser renovada (la temporal) mientras se tramita el reagrupamiento. Lo podéis ver en el Reglamento de Extranjería (art. 42 del R.D. 2393/2004 de 30 de diciembre. De todos modos os recomiendo que paséis personalmente por la oficina para informaros de cómo va el trámite.
Mi esposo hizo el tramite de reagrupacion familiar y no tenemos respuesta de extranjeria. Que tiempo limite tiene extranjeria para dar una respuesta ya que han pasado tres meses ????