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¿Readmision irregular o mobbing?

17 Comentarios
 
08/02/2018 12:55
joakialfaro
Buenas a todos;

He seguido con detenimiento este hilo, ya que es lo que me pasará a mí en cuanto HAYA SENTENCIA.
Lo que me gustaría saber es si, viviendo en otra población distinta a mi puesto de trabajo (vivo en un pueblo, a unos 12km. de la capital), SIN vehículo propio y con un transporte público de horarios escasos (podría llegar a la hora de entrada, pero si hay servicio, me quedo "en tierra"), mi abogado puede argumentar READMISIÓN IRREGULAR por tener que cambiar de domicilio sin tener que llegar realmente a volver a mi puesto de trabajo.

Mi puesto también es un servicio 24H. pero es un servicio de atención a la familia, sin horario fijo ni de entrada ni de salida.

Gracias por vuestra ayuda y atención.
17/01/2012 17:03
Hola
si quieres me puedes mandar un correo a esta direccion jose270359@gmail.com me pones tu telefono y te puedo pasar alguna informacion para darte alguna idea sobre tu asunto
17/01/2012 13:56
No. La empresa es de Sevilla. Y no es servicio de grúa en carretera. Yo en concreto conducia un camión-grúa autocargante.
17/01/2012 12:29
Hola de nuevo...

servicio 24 Horas

servicio de grúa de auxilio en carretera?

La empresa no será de la zona de San Pedro del Pinatar (Murcia) en esa zona trabajan unos conocidos en una empresa similar y están en condiciones parecidas y están en manos de abogados, juzgados, denuncias etc…
17/01/2012 12:09
Bueno, he de escribiros otra vez, por que el acoso no cesa. Ultimamente, como la empresa es un servicio de 24 Horas, y visto que un dia que fui a trabajar no estaba en el aparcamiento el camión que me habia sido asignado, pues opté por trabajar las 8 horas que marca el convenio de forma continuada, es decir, desde las 8: 00 AM hasta las 16: 00 PM. Al respecto en la empresa no hay un horario estipulado, pues lo mismo puedes entrar a las 6:00, y salir a las 20:00 que a cualquier hora segun lo demande el servicio. Viendo que a mi no me quieren dar trabajo alguno, ellos dicen que es que no hay trabajo, (Y yo digo que no hay solo para mi, pues los demas trabajan), pues opté por ese horario. Ellos se indignaron y con muy malas formas, me dijeron que en su casa ellos hacian lo que les daba la gana, por suavizar la frase. Repito no hay nada escrito ni estipulado por ningun sitio. Actualmente me he tenido que dar de baja por depresion, pues ya no aguantaba mas. Me perseguian hasta el sitio donde me tienen destinado, me vigilaban, etc, etc,. Mi pregunta es la siguiente, porque la verdad es que seria su palabra conta la mia. ¿Puede exigir mi abogado, aunque fastidiase a los demas compañeros, un aparatito de esos que regula la entrada y salida de los trabajadores? Vamos, de esas de picar de toda la vida. O basta que me digan de palabra lo que me ocurrio. Os hago esta pregunta para preveer si el juez estimase que no hay readmision irregular, puesto que las únicas pruebas que tengo son los discos del tacógrafo, que demuestran que el camión no se mueve en todo el dia. Espero os haya quedado claro, pero es que son tantas las dudas que tengo que la verdad estoy bastante agobiado. Reciban un saludo.
07/01/2012 22:57
El tiempo de prestación consumida te lo tienen que reponer en estos mismos momentos...con independencia del resultado del "incidente de readmisión irregular" pues tu empresario optó por la readmisión con lo cual ahora mismo permaneces en "alta" en el sistema y trabajando....teniendo la empresa la obligación como ya te dije el otro día de reponer a la administración el montante de las percepciones que en su día cobraste (durante el tiempo que estuviste despedido hasta que optaron por la readmisión y te reincorporaste) y que cotizar por ti durante ese tiempo con el consiguiente descuento de dichas cantidades (las percibidas del desempleo,no las cotizaciones) de los salarios de tramitación que te adeuda.
07/01/2012 19:37
Y digo yo que, si el juez decreta la exticion del contrato cuando vayamos a la "vistilla" por readmisión irregular, al solicitar de nuevo el desempleo, tendria otra vez los dos años que me fueron concedidos en un principio. ¿No?. Saludos.
05/01/2012 18:59
Hola buenas!!
Yo entiendo que los salarios de tramitación van desde la fecha del despido hasta la fecha de la reincorporación.
En cuanto al plazo para que te lo abonen, tu abogado debería estar informado. Al haber una sentencia de por medio, algún plazo tendrán que cumplir.
Ten en cuenta que al cobrar prestación, la empresa se descontará ese importe de los salarios y, automáticamente, será deudora al inem de todo lo que has cobrado e igualmente, tendrá que cotizar por tí como si hubieras estado en la empresa. Saludos!!
05/01/2012 17:24
Pero, pagar los salarios de tramitación, los tienen que pagar. Mi pregunta es ¿Que plazo les da la ley para que los abonen? Otra cosa. Hoy precisamente, se ha pasado uno de los jefes por alli, donde yo estoy y me ha dado un papelito con una direccion diciendome que vaya alli a cobrar. Claro a la una y media de la tarde, para que no me diese tiempo. La direccion era de la gestoria que les llevan a ellos los papeles y alli tenia la nómina del mes de diciembre completo, pese a no haberlo trabajado. (Recordad que me incorpore el dia 16 de diciembre). Pero otra vez sorpresa.... me dan un talon por valor de 600€ a cuenta de la nómina. Los he cogido. Mi abogado me dice que esto es otra prueba mas de lo que me estan haciendo, pues lo normal hubiese sido que me hubiesen pagado el mes completo. ¿Vamos bien encaminados a solucionar esto? Recibid un saludo. Y que os traigan muchas cositas los Reyes Magos.....
05/01/2012 08:41
De acuerdo con llanero.
04/01/2012 21:37
Correcta la puntualización de Pacog,el trabajador esta readmitido (me dejé liar por un tema del otro día que tengo encima de la mesa en que se dio nueva carta de despido por causas objetivas en el mismo día de la readmisión)....pero sigo insistiendo en lo mismo...NO COJAS LA BAJA (aunque la estuvieses palmando)...tu abogado intenta demostrar que la readmisión es irregular...si coges la baja no habrá prestación de servicios alguna por devenir imposible debido a tu incapacidad transitoria para trabajar por lo que no se produce variación alguna en la relación laboral al no haber prestación alguna...has estado "unos pocos dias" en el trabajo desde tu READMISION IRREGULAR...la empresa podría argumentar que "fue un tema puntual "por avería de tu anterior camión o por falta de trabajo puntual debido a la cercania de las fiestas navideñas etc y el incidente "se palmaría".
La empresa esta obligada (otra cosa es que realmente lo haga ...no son infrecuentes los casos en que la administracion reclama las prestaciones directamente al trabajador por no haber realizado el reembolso la empresa) a reponer a la administración las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de prestación por desempleo (lógicamente descontando al trabajador el montante de dichas cantidades de los salarios de tramitación que le abona) y a cotizar por el durante ese periodo.
No es infrecuente que las empresas incumplan el pago de los salarios de tramitación tras la readmisión...pues lo mismo no es causa para decretar lo IRREGULAR de la readmisión y lo saben...lo que si es motivo para que el juez estime el incidente de readmisión irregular es que se incumpla el pago de los SALARIOS PUROS Y DUROS (como bien dice pacog) devengados tras la readmisión por la prestación laboral del trabajador....que me imagino que será lo que tu abogado estara esperando (como agua de mayo) para garantizarse el exito de su pretensión.UN SALUDO
04/01/2012 20:56
Bueno, entonces para aclararme ¿Que me aconsejais? ¿Le explico mi problema a mi médico para que me de la baja? y por otra parte no me habeis contestado sobre la duda de los salarios de tramitacion. ¿Habria que descontarle lo que he percibido como prestacion por desempleo? y ¿Que plazo tiene la empresa para depositarlo en el juzgado? Si os sirve de algo la sentencia es del dia 15 de diciembre, yo me reincorporo el dia 16. En la misma dice que tenian cinco dias para recurrir la sentencia, pero transcurridos estos, mi abogado se persono en el juzgado y le dijeron que no habian recurrido, por lo tanto la sentencia ya era firme. ¿No creeis que igual de rápido que han sido para readmitirme, deberian haber sido para abonarme dichos salarios? Espero recibir vuestra ayuda, reciban un cordial saludo.
04/01/2012 17:35
Sobre la baja y los salarios de tramitación, llanero.
El consultante se encuentra en situación de alta en la empresa -readmitido-, por tanto NO ESTA DEVENGANDO SALARIOS DE TRAMITACIÓN, sino salarios, puros y duros. Si se encuentra en una situación médica que le impide trabajar, es su derecho -y su obligación, dado su puesto de trabajo- dejar de trabajar hasta que se recupere
para no poner en riesgo ni su salud, ni la de terceros.
04/01/2012 13:37
Mobbing....??? podria ser....dentro de UNOS 6 MESES aproximadamente.
La actuación del abogado es la correcta,el "incidente de readmisión irregular" no es mas que una "vistilla" (mini juicio) en el que tu abogado pide la ejecución de la sentencia anterior por haber sido la misma incorrectamente ejecutada al considerar la parte que tu redmisión no se ha producido EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES en que venias ejecutando tu trabajo hasta el momento del despido (tal como establecería la sentencia de instancia).
Si el juez determina que efectivamente la readmisión no se ha producido de manera REGULAR por no realizar tus funciones en las mismas condiciones que anteriormente al despido las realizabas...entonces determina de nuevo la extinción de la relacion laboral con fecha del fallo de esa "vistilla" mediante un AUTO en que más o menos vendria a decir que la readmisión IRREGULAR equivale a no readmisión y por tanto extingue la relación laboral con la indemnización de 45 dias año desde tu fecha de contratación hasta ese mismo día (del auto) y el abono de los salarios de tramitación hasta esa misma fecha.
El consejo de tu abogado es correcto si coges la baja NO HAY SALARIOS DE TRAMITACION desde el momento de la misma hasta el alta o hasta la extinción si aún sigues de baja.Lo que me extraña es que se demoren tanto en la fecha para la vista del incidente pues suelen ser bastante rápidos(tendran mucho atasco pues esto en vez de ir a mejor va a peor).
El hecho de solicitar el incidente de readmisión irregular no quiere decir que el juez vaya a dar por extinguida la relación laboral...pues en muchos casos (según la plaza) admiten mayor o menor margen al empresario en la readmisión en función del "ius variandi" (derecho o facultad empresarial para variar hasta cierto punto las condiciones de trabajo) es todo a criterio del juez,que puede estimar que el conducir un camión aunque no lleve "pluma" entra dentro de tus atribuciones...lo de no facilitarte trabajo y tener tu que "buscarte la vida" es tu mayor baza...trata de buscar pruebas sobre este particular....discos del tacogáfo (si es de disco ponle todos los dias a primera hora aunque el camión no lo muevas para demostrar la inactividad)testigos que te vean en tu puesto de trabajo sin actividad alguna etc...tu abogado es la persona indicada para aconsejarte sobre todos estos particulares...te repito su actuación me parece sumamente correcta.
04/01/2012 12:16
Sin descartar que sea mobbing, la actuación de su abogado me parece correcta. Se trata de una readmisión irregular. Lo que no entiendo, es si vd. está afectado de una patología causante de una incapacidad temporal, cuál es el problema para que la obtenga, porque más daño no le pueden hacer.
04/01/2012 11:34
En este enlace de esta misma pijana tienes mas respuestas sobre el delito penal... creo que puede ayudarte para que previa consulta con tu abogado, emprendas acciones http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?codcat=115 233 000 000&men=389436
04/01/2012 11:04
Hola
Esta situación tuya es un claro caso de mobbing
… según algunos artículos que e leído por la red el mobbing
es una especie de violencia sicológica (intentan romper tu mente y que te aburras y te vallas… (también se podría romper tu mente y realizar una locura… con lo cual tu problema se incrementaría) El mobbing es, sin lugar a dudas una especie de violencia de genero (según mi manera de ver las cosas, posiblemente este equivocado…) por lo tanto yo reaccionaria con sentido común y de la misma manera que reaccionaria cualquier persona que se siente amenazado, agredido… iría a la comisaria, juzgado, guardia civil mas cercana y pondría la denuncia correspondiente.

Con mucha pro validad tu denuncia, o denuncias, por la vía penal moverá alguna acción de investigación por parte de la policía y esto frenara, de momento, esta especie de violencia de genero… y lo mas importante. Quedara constancia de estos actos delictivos para posibles complicaciones futuras.

Tu personalmente te encontraras mejor al ver que tus agresores tienen que dar explicaciones ante la justicia… te encontraras mejor al minimizarse tu sensación de impotencia ante la lentitud de la justicia

Antes de hacer nada consulta con tu abogado y si tienes ocasión con otros abogados que tengan experiencias en estos asuntos (la acción de realizar consultas en los foros puede ser una buena acción y un buen comienzo) El mundo del abogado es como otra profesión cualquiera (mecánicos, médicos…) los hay honrados, profesionales y también existe lo contrario… muévete por tu circulo de amistades y saca el tema y intenta obtener algún profesional con referencias para realizar una segunda opinión.

Ponte en manos de medico especialista para que empiecen a tratar tu problema y que este no crezca mas.
El medico te ofrecerá la baja por depresión, o algo parecido cuando vea le cuentes estos síntomas “pues no duermo de noche y la verdad es que no quiero ir mas. Mientras tanto a ellos parece que no les va a pasar nada y me produce tal angustia que me dan ganas de tirarlo todo por la borda” yo te aconsejaría que no cojas la baja (creo que tienes que intentar ser fuerte y mantenerte en tu puesto… pero esto lo tienes que valorar por tu mismo) en este punto creo que tu abogado tiene la razón.

Pues te animo a que sigas divulgando tu problema por diferentes foros para intentar recopilar las máximas ideas de lo que se puede hacer…

Que tengas suerte
¿readmision irregular o mobbing?
03/01/2012 20:08
Buenas. Soy nuevo en el foro y necesitaba que me asesorarais en un tema que me esta ocurriendo en el trabajo. Soy transportista, especialista en el manejo de gruas hidraulicas autocargantes. Pues bien, el pasado mes de marzo me despidieron y ahora en el mes de noviembre se ha celebrado el juicio declarando el juez el despido como improcedente. La empresa ha optado por la readmision. Pero he aqui que la sentencia dice que seria en las mismas condiciones en las que yo me encontraba, y aparte la empresa en todo caso me tendria que abonar los salarios de tramitacion. Pues bien, la readmision se produjo el dia siguiente de yo conocer la sentencia y ahora viene la duda. Me han asignado un vehiculo sin grua, que yo habitualmente conducia. No me dan telefono de empresa, el cual yo poseia, no me dan tampoco tarjeta para repostar combustible al vehiculo, y lo mas grave, me tienen en un poligono apartado de todo contacto con nadie y la explicacion que me dieron el primer dia es que me buscarian si salia algun trabajo. Ya no los he vuelto a ver. Asi un dia tras otro, yo cumpliendo mi jornada laboral y ellos sin ni siquiera abonar los salarios de tramitacion. Mi abogado ha presentado en el juzgado un escrito por readmision irregular pidiendo la extincion del contrato, los salarios de tramitacion y el pago de la indenmizacion, pero me dice que la fecha que le han dado es para finales de febrero. Y yo la verdad lo estoy pasando muy mal. Primero porque estoy muy mal economicamente y luego psiquicamente, pues no duermo de noche y la verdad es que no quiero ir mas. Mientras tanto a ellos parece que no les va a pasar nada y me produce tal angustia que me dan ganas de tirarlo todo por la borda. ¿Que me aconsejais? ¿Esta actuando correctamente mi abogado, pues lo veo un poco blando?. He pensado en darme de baja por depresion, pero mi abogado dice que es lo que ellos buscan. Y otra duda. Mientras he estado esperando el juicio, logicamente, he estado cobrando el desempleo. Unos 635 €. ¿Esta cantidad habria que descontarla de los salarios de tramitacion? Espero vuestra ayuda. Reciban un saludo.